Cuándo presentar la declaración anticipada por fusión

Ante las dudas generadas entre los contribuyentes entorno a esta obligación en el caso de fusión, el SAT indica a los síndicos el procedimientos a seguir

La decisión de los socios de fusionar sus sociedades obedece a diversas causas económicas o estratégicas.

Sea cual fuese la razón de llevar a cabo la fusión, este proceso jurídico tiene repercusiones fiscales, entre ellas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

La empresa que desaparece debe cancelar su registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Con la reforma para 2022 para dar de baja el RFC, las empresas deben someterse a una revisión previa de su situación fiscal para determinar si cumplen o no con las condiciones para realizar la cancelación del RFC por fusión de sociedades.

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Uno de los requisitos para presentar la ficha 316/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Fiscal Miscelánea (RMISC) referente a la revisión, es presentar una declaración anual por terminación anticipada del ejercicio de la empresa fusionada

En la primer reunión de 2024 que sostuvieron los síndicos con el SAT, solicitaron que a través de reglas de carácter general se especificara en qué supuesto aplica cada declaración (“Del Ejercicio” o "Del Ejercicio por Terminación Anticipada) en el supuesto de una empresa se fusionará el 31 de diciembre; es decir, que concluyó el ejercicio fiscal.

En su respuesta a su solicitud, el SAT señaló que el artículo 11, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación es claro en establecer que cuando una sociedad se fusiona, el ejercicio fiscal termina de forma anticipada en la fecha en que se realiza la fusión; en consecuencia, tiene que presentar la declaración anual indicando “Del ejercicio por terminación anticipada”; es decir, que a pesar de que aquella se haya fusionado al concluir el ejercicio fiscal (31 de diciembre) debe presentar la declaración anual como terminación anticipada.

Aunado a lo anterior, la fusionada debe considerar que el acceso para presentar las declaraciones del ejercicio por terminación anticipada correspondientes al ejercicio 2021 y anteriores, debe realizarse a través de la herramienta “Presenta tu declaración anual de personas morales”.

Las declaraciones del ejercicio por terminación anticipada correspondientes al ejercicio 2022 y posteriores, deben presentarse mediante el aplicativo “Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores”, que corresponde a la nueva herramienta para las personas morales del régimen general de ley. 

 

Tipos de fusiones

La unión de dos o más empresas se puede realizar para crear una nueva o puede subsistir solo una. 

La primera denominada como fusión por integración, que es cuando surge una nueva sociedad con el patrimonio de las sociedades que se fusionan, en virtud de que estas se extinguen y los socios reciben las acciones de la nueva empresa.

La segunda clase se conoce como fusión por incorporación o absorción y es cuando una de las sociedades que interviene subsiste y absorbe el patrimonio de las demás, por lo que solo estas últimas desaparecen y los socios reciben el canje de sus acciones.

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