Cómo llevar a cabo la determinación de contribuciones por parte del patrón



Tratándose de la terminación de una relación laboral con un trabajador por causas imputables a su patrón, este debe pagarle una indemnización, que es la reparación al daño que le causa al trabajador por separarlo injustificadamente del centro de labores.

La indemnización consiste en tres meses de salario, y en ciertos casos, 20 días de salario por año de servicios.

Para efectos fiscales, las personas que realicen pagos por los conceptos mencionados deben efectuar la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) aplicando una tasa específica sobre el ingreso total correspondiente a dichos conceptos. 

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Mecánica de cálculo del ISR a retener

Esta tasa se determina dividiendo el impuesto correspondiente al último sueldo mensual ordinario (USMO) entre el monto de dicho sueldo. El cociente obtenido se multiplica por 100 y el resultado se expresa como un porcentaje.

En caso de que los pagos realizados por estos conceptos sean inferiores al último sueldo mensual ordinario, la retención debe calcularse aplicando la tarifa establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), asegurando el cumplimiento de las disposiciones fiscales vigentes.

Para efectos de ejemplificar lo establecido se consideran los siguientes datos:

Total de pagos indemnizatorios gravados


Concepto

Importe


Total de la prima de antigüedad a pagar

$ 57,124.32

Más:

Indemnización de 3 meses

107,411.92

Más:

Indemnización de 20 días por año

214,823.84

Igual:

Total de pagos indemnizatorios

$379,360.07


Impuesto sobre el último sueldo ordinario

Impuesto sobre USMO (art. 96, LISR)


Mensual ordinario (USMO)

$33,900.00 

Menos:

Límite inferior

24,222.32 

Igual:

Excedente sobre límite inferior

$9,677.68 

Por:

% sobre excedente al límite inferior

23.52%

Igual:

Impuesto marginal

$2,276.19 

Más:

Cuota fija

3,880.14 

Igual:

ISR del USMO

$6,156.33


Determinación de la tasa efectiva


Concepto

Importe

 

ISR del USMO

$6,156.33 

Entre:

Último sueldo mensual ordinario (USMO)

33,900.00 

Igual:

Tasa efectiva de ISR por pagos indemnizatorios

0.1816 

Por:

Cien

100 

Igual:

Tasa efectiva de ISR para pagos por separación

18.16%


ISR a retener por separación

 

Concepto

Importe

 

Total de ingresos gravados por separación

$221,833.30

Por:

Tasa efectiva de ISR por pagos indemnizatorios

0.1816

Igual:

Total ISR causado por pagos indemnizatorios y prima de antigüedad 

$40,284.93


CFDI

Los pagos realizados por conceptos de indemnización o separación deben identificarse en el CFDI de nómina utilizando la clave de tipo de régimen 13 (Indemnización o Separación), además de realizarse con un CFDI separado de los demás conceptos de salarios.

Esta medida permite distinguir correctamente dichos pagos de los pagos ordinarios de salarios debiéndose registrar las siguientes  claves de percepción:

  • 022 - Prima por antigüedad

  • 023 - Pagos por separación

  • 024 - Indemnizaciones


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