Guía de llenado de declaración y presentación de ISSIF

Guía de llenado de declaración y presentación de ISSIF

A tiempo de enviar la ISSIF, ¿no sabes cómo? Aquí te presentamos una guía y las fechas importantes que debes considerar
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes una guía para el envío de su Información sobre su Situación Fiscal (ISSIF), la cual es una obligación para algunos contribuyentes.
El artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala quienes con los contribuyentes obligados a presentar su ISSIF, en tanto el apartado 2.16.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 señala lo siguiente:
"... los contribuyentes que estén obligados a presentar la información sobre su situación fiscal por haberse ubicado únicamente en el supuesto a que se refiere la fracción V del citado artículo, podrán optar por no presentarla cuando el importe total de operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero en el ejercicio fiscal sea inferior a $100’000,000.00 CFF 32-H".
Sobre este punto, el CFF menciona que son sujetos obligados:
El pasado 14 de marzo de 2025, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) informó en un documentos con Folio No.: 25/2024-2025 el plazo que debe considerarse en el contexto del Sistema de Presentación de Dictamen de estados financieros para efectos fiscales (SIPRED), el cual es hasta el 15 de mayo de 2025.
En cuanto a la presentación de la ISSIF, esta se hace a la par de la Declaración Anual, que en este caso corresponde al ejercicio fiscal 2024; en el caso de las personas morales tuvieron hasta el 31 de marzo de 2025 para hacerlo, mientras que las personas físicas tienen hasta el 30 de abril de 2025.
Si decides presentar tu ISSIF , a modo de guía, aquí te dejamos los pasos a seguir que compartió el SAT
En caso de que sea la primera vez que presentas tu declaración anual, selecciona la opción: “Tipo de declaración” “Normal”, o “Complementaria” según sea el caso.
Captura de pantalla SAT.
En caso de que en ingresos a declarar marcaras la casilla de "Sueldos, salarios y asimilados" o "Solo datos informativos", en automático la pregunta anterior se inhabilitará y marcará como "No"., en este caso te recomendamos revisar la guía de llenado para dicho régimen.
Captura de pantalla SAT.
Captura de pantalla SAT.
Captura de pantalla SAT.
La guía del SAT te ayudará a estar al día con la propia autoridad, y si en declaraciones anteriores no adjuntaste la ISSIF y quieres hacerlo por primera vez, tienes que dejar sin efectos cada una de las declaraciones presentadas del ejercicio
Finalmente, recuerda que en caso de dudas puedes pedir ayuda a MarcaSAT 55 627 22 728, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, o en su chat https://chat.sat.gob.mx/; ahora bien, se requieres mayor asesoría, recuerda que en IDC contamos con expertos que estás listos para resolver todas tus inquietudes, ¡contáctanos!