El SAT está facultado para hacer visitas a los contribuyentes, de forma que verifiquen si cumplen o no con sus obligaciones fiscales
¿Sabías que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de realizar visitas domiciliarias a los contribuyentes? Esto sucede con el fin de que la autoridad fiscal revise la información de los pagadores de impuestos.
De acuerdo con la fracción III del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), para comprobar la comisión de delitos fiscales y proporcionar información a otras autoridades, el SAT puede practicar visitas a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros relacionados con ellos.
Las visitas domiciliarias tiene el objetivo de revisar la contabilidad, bienes y mercancías con las que cuentan los contribuyentes, pero de manera detallada, la facción V del artículo 42 del CFF menciona cuales son las obligaciones que se buscan revisar.
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¿Qué obligaciones se revisan en visitas domiciliarias del SAT?
La fracción V del artículo 42 del Código Fiscal detalla que durante la visita domiciliaria del SAT, se revisa que se cumplan con seis obligaciones, las cuales son:
- expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet y presentación de solicitudes o avisos en materia del RFC
- operación de máquinas, sistemas, registros electrónicos y controles volumétricos obligados
- que envases o recipientes de bebidas alcohólicas cuenten con el marbete o precinto correspondiente
- que cajetillas de cigarros para su venta en México contengan impreso el código de seguridad
- documentación o comprobantes que acrediten la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de las mercancías de procedencia extranjera
- autorizaciones, concesiones, padrones, registros o patentes establecidos en la Ley Aduanera, su Reglamento y Reglas Generales de Comercio Exterior emitidas por el SAT
El fundamento jurídico expone que durante la visita, las autoridades pueden solicitar a los contribuyentes toda la información que requieran para la inscripción y actualización de datos de los pagadores de impuestos.
Otras visitas que hace el SAT
En un comunicado emitido por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y revisado por IDC el 10 de junio de 2025, la Prodecon explicó que con el objetivo de comprobar que los contribuyentes han cumplido con sus obligaciones fiscales, además de hacer visitas domiciliarias puede hacer:
- Revisión de gabinete
- Revisión electrónica
- Visita para la verificación en la expedición de CFDI
Lo anterior puede realizarse en el domicilio fiscal de los contribuyentes, así como a través del buzón tributario, o en el caso de requerirlo, en las oficinas de la autoridad; todo en "periodos específicos" y el SAT estará obligado a notificar de "manera personal o por Buzón", pues de lo contrario, el contribuyente podrá acercarse a Prodecon para solicitar asesoría en atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx y 55 12 05 9000.
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