Donatarias: Evita que el SAT te quite tu autorización
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Conocer las causas de revocación permite a las organizaciones prevenir riesgos y mantener su autorización vigente
Según información pública proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), hasta el 30 de enero de 2026, existen más de 10,000 personas morales y fideicomisos que cuentan con autorización para recibir donativos deducibles del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Asimismo, se cuenta con registro de poco más de 5,000 organizaciones que tienen autorización para recibir donativos deducibles del extranjero, y las variaciones generadas ocurren de acuerdo con aquellas que han perdido este beneficio por alguno de los siguientes supuestos:
cancelación: la propia organización o fideicomiso puede solicitar la cancelación voluntaria ante el SAT
pérdida de vigencia: la autorización tiene vigencia durante el ejercicio fiscal que es solicitada y otorgada (art. 36-Bis, Código Fiscal de la Federación-CFF-), y no es necesaria realizar su renovación siempre que la contribuyente continúe cumpliendo con los requisitos determinados en el numeral 82 de la LeydelISR (LISR), y no incurra en las causales de revocación del diverso del 82-Quáter de la misma ley
revocación: la autoridad fiscal anula la autorización cuando las asociaciones incurran en las siguientes causales:
destinen su activo a fines distintos por los que les fue concedida la autorización
no expidan el comprobante fiscal que ampare el donativo que reciba, o por cualquier operación distinta que se efectúe
cuando con motivo de las facultades de comprobación o de acuerdo con las bases del SAT, se observe que ha incumplido con sus obligaciones o requisitos fiscales como donataria
se encuentre en el listado del 69-B del CFF
si el o los representantes legales, socios o asociados, han formado parte de asociaciones cuya autorización se revocó por estar en el listado del 69-B del CFF, considerando información generada de los últimos cinco años
hubiesen obtenido más del 50 % de sus ingresos totales del ejercicio provengan de actividades distintas a los fines para los que fueron autorizadas como donatarias
Cuando la autorización haya sido revocada, una vez corregida la situación del contribuyente o regularizado sus obligaciones, puede volver a solicitar el permiso para ser donataria, excepto tratándose de aquellas que hayan obtenido ingresos por actividades diversas a las de sus fines autorizados para ser donatarias en un porcentaje mayor al 50 % al de sus ingresos totales del ejercicio.
Para realizar su solicitud debe observarse el procedimiento contenido en la ficha de trámite 19/ISR Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles, así como aplicar dichos donativos recibidos en actividades adicionales, del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (RMISC 2026).