Si tienes una cuenta de depósito o inversiones en el extranjero, los intereses y la ganancia cambiaria que se genere deberás acumularla a los demás ingresos que manifiestes en tu declaración anual.
Para determinar el ingreso acumulable puedes optar por alguno de los siguientes métodos:
- acumular el interés nominal disminuido del ajuste anual por inflación que genere la cuenta de depósito o inversiones (artículo 168, último párrafo)
- aplicar al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio, el factor de 0.0312 (artículo 221 del RLISR y regla I.3.15.11. contenida en el Anteproyecto de la Segunda Modificación a la RMISC 2013)