Aspectos a considerar para presentar esta declaración informativa
Las personas morales que realicen pagos de honorarios y arrendamiento deben retener los impuestos correspondientes.
En el caso del ISR se retiene el 10% sobre el monto de la contraprestación pactada, y en el caso del IVA las dos terceras partes del impuesto que se traslade a la persona moral.
En febrero de cada año, deben informar al SAT los montos pagados y los impuestos retenidos en el ejercicio fiscal anterior, y emitir la constancia de retenciones.
Para ejemplificar la forma en que se presenta la declaración, considera el caso de una empresa que en octubre del 2014, pagó honorarios a una persona física, los que se relacionarán en el anexo 2.
Concepto | Importe | |
Honorarios | $60,000.00 | |
Más: | IVA al 16% | 9,600.00 |
Igual: | Subtotal | 69,600.00 |
Menos: | Retención del ISR | 6,000.00 |
Menos: | Retención del IVA | 6,400.00 |
Igual: | Neto pagado | $57,200.00 |