VIE 11/09
TDC 16.9722
LUN 10/08
INPC 145.4620
SAB 01/08
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
El plazo para cumplir con esta obligación vence el próximo 16 de febrero
La declaración informativa de clientes y proveedores seguirá presentándose hasta el 2016 tal y como se establece en el artículo Noveno Transitorio, fracción X de la LISR.
El plazo para cumplir con esta obligación vence el próximo 16 de febrero.
La declaración debe presentarse por medios magnéticos (USB o CD), utilizando el programa “Declaración Informativa en Medios Magnéticos” (DIMM).
Sin embargo, no estarás obligado a enviarla si en 2014:
- realizaste operaciones por montos inferiores a $50,000.00
- emitiste tus CFDI a través de la página de Internet del SAT
- presentaste la DIOT, por todos los meses del ejercicio