En caso de obtener saldo a cargo, éste se podrá pagar en el portal bancario autorizado o desde la página del SAT
Las personas morales que aún no presentan su declaración anual tienen hasta finales de marzo para realizar el trámite, y así evitar multas o recargos, precisó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En un comunicado, la dependencia señaló que para presentar la declaración, los contribuyentes deben descargar e instalar el programa electrónico que el SAT puso a disposición en su página de Internet, capturar la información que se les solicita, generar el archivo y enviarlo al organismo para obtener el acuse de sello digital.
Asimismo, indicó que en caso de obtener saldo a cargo, se puede pagar en el portal del banco autorizado con la línea de captura o bien efectuar la transacción ingresando a la opción de “Pago Referenciado del SAT”, sin necesidad de navegar en el portal bancario.
Cabe recordar que desde el 15 de diciembre de 2014 la dependencia puso a disposición de los contribuyentes la aplicación para presentar la declaración anual, esto con la finalidad de que las personas morales se prepararan para el cumplimiento de su obligación tributaria.