Por Antonio Castillo Sánchez
Si tu empresa realiza operaciones con residentes fiscales en Emiratos Árabes Unidos y Perú, recuerda que desde el 1o. de enero de 2015 son aplicables los convenios para evitar la doble tributación en materia de ISR, que nuestro país tiene celebrados con esos países.
Los antecedentes de estos documentos oficiales son:
País | Firma | Fecha de publicación en el DOF |
Emiratos Árabes Unidos | 20-nov-2012 | 8-jul-2014 |
Perú | 27-abr-2011 | 26-feb-2014 |
La aplicación de esos tratados puede traer como beneficio una menor tasa de retención de ISR, o inclusive la eliminación de la carga fiscal. Si deseas consultarlos puedes hacerlo en nuestra página web; ruta: Herramientas/Tratados Internacionales/Tratados para evitar la doble tributación.