Aprecia sobre qué versa el nuevo ajuste a ese documento
El SAT dio a conocer en su página de Internet lo que pretende ser la Cuarta Modificación de la RMISC 2015.
La novedad respecto de los documentos anteriores es que se hacen los ajustes pertinentes para que los agentes del esquema de hidrocarburos puedan realizar los siguientes trámites, derivado de la creación de la Administración General de Hidrocarburos al haberse publicado el nuevo Reglamento Interior del SAT (reglas 1.5., 2.1.9., 2.1.23., 2.3.3., 2.3.8., 2.3.9., 2.12.7., 2.12.8., 2.13.1., 3.3.1.27.):
- devoluciones
- aviso para eximir de responsabilidad solidaria
- fusión
- análisis sobre metodología de precios de transferencia
- dictamen por enajenación de acciones
- aviso de compensación
- dictamen de estados financieros
- informativa de situación fiscal
- deducción de intereses
Los contribuyentes competencia de dicha unidad administrativa continuarán presentando los procedimientos y trámites descritos ante las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC) o en la Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente competentes, o mediante el portal de Internet de la autoridad hacendaria.
Esas gestiones serán atendidas por la AGGC o la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, según corresponda, hasta el 31 de diciembre de 2015 (art. tercero transitorio).
Para mayor información consulta la nota “Reglas para hidrocarburos”