Carga fiscal por premios en el DF

Quien organiza el concurso debe pagar el impuesto aplicando la tasa del 12 % al valor nominal de los billetes, boletos y demás comprobantes

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 -  (Foto: Redacción)

Nuestra empresa se ubica en el Distrito Federal y se dedica a la venta de abarrotes. Con la finalidad de incentivar nuestras ventas se realizó la rifa entre los clientes de un automóvil con valor de $189,000.00, otorgando un boleto por cada $500.00 de compras durante agosto de 2015. El sorteo se llevó a cabo y se entregó el premio a una persona física el 15 de septiembre de 2015.

Para tales efectos se realizaron todas las gestiones necesarias para realizar la rifa ante la Secretaría de Gobernación y la entidad local, sin embargo desconocemos el tratamiento en materia fiscal que debemos darle a este premio.

La realización de loterías, sorteos, rifas, juegos con apuestas y concursos de toda clase, autorizados legalmente, tiene implicación a nivel federal y local para quien la organiza, así como para el que percibe el premio.

Federación

En el ámbito federal se consideran ingresos por obtención de premios, los que derivan de la celebración de loterías, sorteos, rifas, juegos con apuestas y concursos de toda clase, autorizados legalmente (art. 137, LISR).

Así, causará ISR quien obtiene estos ingresos a la tasa del (art. 138, LISR):

  • 1 % sobre el valor del premio, correspondiente a cada boleto o billete entero, sin deducción alguna, siempre que las entidades federativas no graven con un impuesto local o que el graven no exceda del 6 %
  • 21% en aquellas entidades federativas que apliquen un impuesto local a dichos ingresos a una tasa que exceda del 6 %

Para el caso del Distrito Federal, se impone la obligación de pago a una tasa del 6% sobre el valor del premio.

Por lo que en su caso, el ganador del automóvil causa un ISR federal al 1%, mismo que será retenido por la persona que haga el pago.

Al tratarse de un premio en bienes, lo más común es que no se le pide al ganador que proporcione los recursos económicos para cumplir con dicho pago, por lo que la persona que otorga el premio paga por cuenta del contribuyente el impuesto que corresponde como retención, en cuyo caso el importe del impuesto pagado por cuenta del contribuyente se considerará como parte del ingreso por el premio (art. 138, LISR).

Cabe recordar que las personas físicas residentes en México deben informar, en la declaración de ISR del ejercicio, sobre los premios obtenidos en el mismo, siempre que éstos en los individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00; quien estando obligado hacerlo no lo informe no se considerará el impuesto retenido como definitivo y estará obligado a acumular el ingreso por el premio a sus demás ingresos.

Nivel local

Quien organiza el concurso debe pagar el impuesto aplicando la tasa del 12 % al valor nominal de los billetes, boletos y demás comprobantes que permitan participar en los eventos. Cuando no se denomine el valor en el billete o contraseña correspondiente, o se distribuya gratuitamente, el impuesto se calcula sobre el valor de los premios, en este caso sobre el valor del automóvil (arts. 145, 147 y 151, CFDF).

Como ya se mencionó, quien percibe el premio causará un impuesto a favor del Distrito Federal a una tasa del 6 % sobre el valor del mismo, impuesto que también será retenido por quien lo otorgó (arts. 145, 149, 151, CFDF).

El impuesto se causará en el momento en que se entreguen a los participantes los billetes, boletos y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas o concursos de toda clase. Quien obtenga el premio lo causará en el momento que le sea entregado (art. 150, CFDF).

Como en este supuesto la empresa no realiza constantemente este tipo de actos, puede considerarse como accidental, por lo que enterará su pago y la retención a cargo del perceptor del premio dentro de los quince días siguientes a aquel en que se celebre el sorteo (arts. 154 y 155, CFDF).

Por lo que respecta a la retención que se realice a la persona física, deberá enterarse a más tardar el día 20 de cada mes (arts. 152, fracc. IV y 155, CFDF).

Tomando como base que el valor del automóvil fue de $189,000.00, para obtener la carga fiscal para las partes involucradas, primeramente se piramidará este monto con el factor que incluya la tasa del ISR y el impuesto local que pagará la empresa por cuenta de la persona física, cuyo resultado se considerará como parte del premio.

Base gravable

  Concepto Importe
  Valor del premio 100
Menos: 1 % del ISR 1 %
Menos: 6 % del impuesto local 6 %
Igual: Por ciento neto (A) 93 %
Contra: Valor del automóvil (B) 100 %
Igual: Factor de piramidación (A entre B) 1.075268817
Por: Valor del automóvil $189,000.00
Igual: Base gravable $203,225.81
     

ISR a absorber por la empresa

  Concepto Importe
  Valor del automóvil $203,225.81
Por: Tasa del ISR a cargo de la persona física 1 %
Igual: ISR a absorber por la empresa $2,032.26

Impuesto local a absorber por la empresa

  Concepto Importe
  Valor del automóvil $203,225.81
Por: Tasa del impuesto local a cargo de la persona física 6 %
Igual: Impuesto local a absorber por la empresa $12,193.55

Valor del premio para el pago de impuestos

  Concepto Importe
  Valor del automóvil $203,225.81
Más: ISR a absorber por la empresa 2,032.26
Más: Impuesto local a absorber por la empresa 12,193.55
Igual: Valor del premio para el pago de impuestos $217,451.62

Impuesto para el Distrito Federal a cargo de la empresa

  Concepto Importe
  Valor del premio para el pago de impuestos $203,225.81
Por: Tasa del impuesto local a cargo de la empresa 12 %
Igual: Impuesto para el Distrito Federal a cargo de la empresa $24,387.10

Así, el costo real para la empresa por el sorteo es el siguiente:

Total de impuestos por la celebración del sorteo

  Concepto Importe
  ISR retenido a enterar a la federación $2,032.26
Más: Impuesto local retenido a enterar al Distrito Federal 12,193.55
Más: Impuesto local a cargo de la empresa para el Distrito Federal 24,387.10
Igual: Total de impuestos por la celebración del sorteo $38,612.91

Costo total para la empresa

  Concepto Importe
  Valor del automóvil $189,000.00
Más: Total de impuestos por la celebración del sorteo 38,612.91
Igual: Costo total para la empresa $227,612.91