Revisa los cambios que fueron efectuados y cómo se involucrará el Coneval con las reformas
La SHCP publicó en el DOF del pasado 30 de diciembre de 2015 el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Las modificaciones tienen que ver con las reglas de operación del Consejo, del Comité y de los Consejos de Armonización Contable de las entidades federativas, de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial.
La SHCP refiere que el decreto involucra a los entes públicos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la federación y de las entidades; los órganos autónomos de la federación y de las entidades; los ayuntamientos; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal federal, estatal o municipal.
Además el documento indica que cada entidad federativa establecerá un Consejo de Armonización Contable, los cuales auxiliarán al Consejo Nacional en el cumplimiento de lo dispuesto en esta legislación.
Para el ejercicio de sus atribuciones, el Consejo Nacional podrá auxiliarse en los consejos de armonización contable de las entidades federativas, en términos de lo dispuesto en la Ley.
Estos consejos de armonización tendrán diversas atribuciones, como brindar asesoría a los entes públicos, según corresponda, para dar cumplimiento a las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera.
Asimismo, la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), enviarán al Consejo Nacional los criterios de evaluación de los recursos federales ministrados a las entidades, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
Así como los lineamientos de evaluación que permitan homologar y estandarizar tanto las evaluaciones como los indicadores para que dicho Consejo, en el ámbito de sus atribuciones, proceda a determinar los formatos para la difusión de los resultados de las evaluaciones.
La Secretaría de Hacienda, con el apoyo del Coneval, entregará conjuntamente con las dependencias coordinadoras de los fondos, programas y convenios, el último día hábil de abril de cada año a la Cámara de Diputados, un informe sobre las adecuaciones efectuadas, en su caso, a los indicadores del desempeño, así como su justificación.
Cabe señalar que el Consejo Nacional de Armonización Contable tiene un plazo de hasta 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto (31 de diciembre de 2015), para emitir las reglas de operación que deberán cumplir las entidades federativas para la integración y el funcionamiento de sus consejos de armonización contable.