Aviso de compensación ¿por buzón tributario?

Si vas a compensar un saldo a favor debes presentarlo ahora mediante buzón tributario

Aviso y dictamen fiscales
 Aviso y dictamen fiscales  (Foto: Redacción)

Por Emmanuel Castañeda

Según la regla 2.3.10 de la RMF 2016 los contribuyentes que en 2015 se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos deben presentar el aviso de compensación (F-3241) mediante el buzón tributario:

  • que en el ejercicio inmediato anterior hubiesen obtenido ingresos acumulables superiores a 100 millones de pesos
  • que el valor de su activo hubiese sido superior a 79 millones de pesos
  • que por lo menos 300 de sus trabajadores les hubiesen prestado servicios en cada uno de los meses de dicho ejercicio, o
  • que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC) o de la Administración General de Hidrocarburos (AGH) y compensen un saldo a favor o pago de lo indebido de impuestos contra distintas contribuciones federales (IVA, ISR e IESPS)

A continuación el detalle del procedimiento para el envío de tal aviso. El contribuyente de que se trate deberá:

1) ingresar a la página de Internet del SAT, en donde tiene que elegir la sección Trámites y servicios y dar click en Buzón tributario

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2) Dar click en Trámites y en Devoluciones y Compensaciones

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3) Seleccionar la información solicitada por el sistema, y al concluir dar clic en Enviar

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4) Seleccionar en la siguiente pantalla el tipo de aviso a presentar y oprimir el botón Siguiente

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5) Elegir los datos de la declaración en dónde aplicó la compensación y pulsar el botón Siguiente

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6) Elegir de las opciones predeterminadas  el origen del saldo a favor y oprimir el botón Siguiente

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7) Seleccionar los datos de la declaración que contiene el saldo a favor y dar clic en Guardar Saldo

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8) Adjuntar los archivos del formato F-3241 debidamente llenados y pulsar el botón Siguiente

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9) Verificar los datos de la compensación de que se trate

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10) Enviar el aviso de compensación; para ello deberá pulsar el botón respectivo

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Finalmente el SAT le enviará al contribuyente por ese mismo medio (buzón tributario) el acuse de envío correspondiente y respuesta al aviso exhibido, por lo que se recomienda que constantemente se ingrese al buzón para verificar tales eventos.