Estímulo fiscal para hacer películas

Se dan a conocer las reglas para quienes inviertan en estas producciones puedan obtener los beneficios tributarios

Conozca el estímulo fiscal para la industria cinematográfica
 Conozca el estímulo fiscal para la industria cinematográfica  (Foto: Redacción)

Por Joyce Pasantes

En el artículo 189 de la LISR se otorga un estímulo fiscal a las empresas que inviertan en la producción cinematográfica nacional o en la distribución de películas cinematográficas nacionales.

El beneficio consiste en un crédito fiscal equivalente al monto de la inversión realizada en el ejercicio, contra el ISR a su cargo. El importe del crédito fiscal no será ingreso acumulable y no podrá exceder el 10 % del ISR a cargo.

A fin de obtener la gracia, los interesados deberán cumplir con los requisitos previstos en las reglas generales aplicables a la industria cinematográfica que se publicaron en el DOF este 28 de enero de 2016, mismas que entrarán en vigor a partir del 29 de ese mismo mes y año.

Dichos lineamientos se integran por estos apartados:

  • Definiciones
  • Comité Interinstitucional para la aplicación del estímulo fiscal a proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional
  • Procedimiento para el acceso al estímulo
  • Aportaciones y obligaciones de los contribuyentes aportantes y las empresas responsables del proyecto de inversión en la producción o distribución cinematográfica nacional, y
  • Revocación de la autorización para utilizar el beneficio