Asesoro a una gasolinera que enajena gasolina en territorio nacional. A partir de las modificaciones a la LIESPS 2016 en materia de combustibles fósiles, por la venta de ese bien tratándose de las cuotas previstas en el artículo 2-A, ¿juegan para efectos del IVA?
No las cuotas en comento no computarán para el cálculo del IVA en términos del artículo 2-A, quinto párrafo de la LIESPS.
Para comprender cómo determinar los tributos causados por litro de gasolina le sugerimos hacer clic en el siguiente enlace.