Aviso de dictamen en la CDMX

Hoy vence el plazo para presentar tu aviso de dictamen, si estás obligado a dictaminar alguna contribución en la CDMX

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Por Berenice Chávez

Te encuentras obligado a dictaminar el cumplimiento de tus obligaciones fiscales 2015 en la CDMX, si te ubicas en alguno de los siguientes supuestos:

  • hubieses contado durante 2014 con:
    • un promedio mensual de 150 o más trabajadores
    • inmuebles de uso diferente al habitacional, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto, en cualquiera de los bimestres de dicho año, sea superior a 26 millones 982 mil 818 pesos. El dictamen deberá referirse únicamente a las obligaciones fiscales relacionadas con el inmueble o inmuebles que rebasen este monto, o
    • inmuebles de uso mixto, cuyo valor catastral por cada uno o en su conjunto rebasen de  26 millones 982 mil 818 pesos
  • consumiste durante el ejercicio 2014, por una o más tomas, más de 1,000 m3 de agua bimestral promedio, de uso no doméstico, doméstico, o ambos usos. Cuando el uso sea únicamente doméstico siempre que el inmueble en donde se encuentres instaladas las tomas de agua, se hubiesen otorgado en uso o goce temporal total o parcialmente
  • te constituiste como organismo descentralizado, empresa de participación estatal mayoritaria o fideicomiso público conforme a las leyes de la materia. No están obligadas a cumplir con este deber las Delegaciones, Dependencias y Órganos Desconcentrados de la Administración Pública de la CDMX
  • utilizaste en 2014 agua de fuentes diversas a la red de suministro de la CDMX y afectaste las descargas de este líquido en la red de drenaje, o
  • prestaste en 2014, servicios de hospedaje y que en dicho ejercicio, percibiste un importe igual o mayor a los 10 millones 396 mil pesos por estos servicios

Si no te sitúas en ninguno de los supuestos, pero si deseas dictaminarte puedes optar por ello.

Como contribuyente obligado o que voluntariamente te vas a dictaminar debes transmitir, a más tardar el 15 de marzo del 2016, a través del SIPREDI el aviso para dictaminar.

Para tal efecto debes llenar los datos solicitados por el sistema, mismos que se verán reflejados en el formato Anexo TD 01 de las Reglas de carácter general para el dictamen de cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal del Distrito Federal vigente en el año 2015; en caso contrario, no surtirá los efectos fiscales correspondientes (art. 61, inciso a) del CFDF).

Una vez transmitido el aviso para dictaminar, el SIPREDI generará un recibo de transmisión con sello electrónico.

En el aviso para dictaminar, tanto el contribuyente como el contador público señalan un domicilio dentro de la circunscripción territorial de la CDMX, para todos los efectos legales relacionados con el aviso, de no ser así no surtirá efectos fiscales.

El aviso solo será válido por el periodo y las contribuciones que se indiquen, no se aceptarán avisos complementarios a nombre de un mismo contribuyente y no surtirá efectos fiscales cuando se presente en forma extemporánea.