El documento contiene un requisito adicional para la procedencia de la devolución exprés de saldos a favor del IVA
El SAT dio a conocer en su sitio web el anteproyecto de lo que pretende ser la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMISC 2016. Este documento contiene un requisito adicional para la procedencia de la devolución exprés de saldos a favor del IVA que no excedan de un millón de pesos y la modificación de los Anexos 16 y 16-A.
Las personas físicas que pretendan pedir el reintegro utilizando su e.firma o e.firma portable deberán presentar la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) por el periodo al que corresponda el reintegro con fundamento en la regla 2.3.17.; de lo contrario no será viable.
Esto es aplicable desde el 6 de abril de 2016 en términos del artículo primero transitorio.
Por otro lado, se observa la actualización de los Anexos:
- 16 “Instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2015, utilizando el SIPRED’2015”, y
- 16-A “Instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito, y de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público, por el ejercicio fiscal del 2015, empleando el SIPRED’2015”