Ajustes a anexos de la RMISC 2016

Estima las conductas que se consideran práctica fiscal indebida y qué reportarán los bancos en atención al FATCA

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 .  (Foto: iStock)

Por Joyce Pasantes

Derivado de los cambios contenidos en la Tercera Resolución de Modificaciones de la RMISC 2016 del 14 de julio de este año, en el DOF de este 15 de julio se dieron a conocer las modificaciones a los siguientes Anexos:

  • 3- “Criterios no vinculativos”, respecto de:
    • 5/ISR/NV. Instituciones de fianzas. Pagos por reclamaciones. Se considera como práctica fiscal indebida que esas entidades:deduzcan el monto de los pagos por reclamaciones derivados de obligaciones amparadas con fianza para efectos del ISR; reduzcan por concepto de pérdidas por créditos incobrables las derivadas de los pagos por reclamaciones originados de las obligaciones de una fianza, sin cumplir con las disposiciones precautorias de recuperación aplicables ni los requisitos previstos en la LISR; y a quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las conductas descritas
    • 4/IEPS/NV. Base gravable del IESPS en la prestación de servicios de juegos con apuestas y sorteos. En el sistema central de apuestas y en el sistema de caja y control de efectivo a que se refiere el artículo 20, fracción I de la LIEPS, deberá registrarse el monto total apostado y dicho momento ocurre cuando se realiza el juego o el sorteo.

      Por lo tanto, realiza una práctica fiscal indebida, quien:considere únicamente el efectivo para calcular la base gravable del impuesto; registre en el sistema central de apuestas y en el sistema de caja y control de efectivo, las cantidades percibidas antes de realizarse el juego o sorteo; no incluya como valor para calcular el impuesto, cualquier otra cantidad que se otorgue a los participantes con independencia de la denominación que se le dé (promociones, membresías, acceso a las instalaciones, entre otros) que otorgue a los participantes; yasesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas anteriores

  • 11 “Claves de marcas de tabacos labrados”
  • 14 “Organizaciones civiles y fideicomisos”
  • 15 “Código de Claves Vehiculares”
  • 23 “Ubicación de las Unidades Administrativas del SAT”
  • 25-Bis “Información FATCA” conformado por estos rubros:
    • obligaciones generales de reporte, y debida diligencia
    • procedimientos de debida diligencia de cuentas: preexistentes de personas físicas, nuevas, existentes de entidades, y nuevas de entidades
    • reglas especiales en materia de debida diligencia
    • términos definido, e
    • instructivo para la generación de información respecto de las cuentas y los pagos