Por Berenice Chávez
La nota de crédito es un comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) de egreso que se utiliza para respaldar descuentos, bonificaciones o devoluciones de contraprestaciones realizadas con los clientes, es decir, la emisión de una nota de crédito es posterior a la de la factura.
La interrogante que ha surgido en el ámbito fiscal es: ¿si este tipo de CFDI debe cumplir con el requisito del método de pago? y ¿cuál sería el aplicable?
Como bien sabes al expedir la nota de crédito, las partes pueden acordar:
- liquidar un descuento, bonificación o devolución al cliente. Si te ubicas en este caso, debes señalar el método de pago dependiendo la forma de pago del acto efectuado
- otorgar por volumen el descuento, bonificación o devolución al cliente. Como aquí únicamente se salda la cuenta por la diferencia entre lo facturado y el descuento, bonificación o devolución, el método de pago aplicable es: 99 “otros”, o
- compensar el monto del descuento, bonificación o devolución a otro acto pactado. En este supuesto deberás indicar como método de pago la clave: 99 “otros”