Por Francisco Brito
El beneficio será equivalente al 100 % del impuesto predial, y podrá ser aplicado durante el año fiscal o años fiscales en los que se lleven al cabo las acciones de restauración.
A fin de hacer posible lo anterior, los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, presentarán a más tardar en 90 días una iniciativa de reformas al Código Fiscal del DF para ajustar las disposiciones considerando la modificación en comento.