MIE 25/03
TDC 17.8047
MAR 10/02
INPC 144.3070
DOM 01/03
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
Conoce los primeros detalles de este beneficio local y qué falta para poderlo hacer efectivo
Por Francisco Brito
El beneficio será equivalente al 100 % del impuesto predial, y podrá ser aplicado durante el año fiscal o años fiscales en los que se lleven al cabo las acciones de restauración.
A fin de hacer posible lo anterior, los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, presentarán a más tardar en 90 días una iniciativa de reformas al Código Fiscal del DF para ajustar las disposiciones considerando la modificación en comento.