JUE 08/05
TDC 19.5880
LUN 10/03
INPC 139.1610
SAB 01/03
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Conoce los primeros detalles de este beneficio local y qué falta para poderlo hacer efectivo
Por Francisco Brito
El beneficio será equivalente al 100 % del impuesto predial, y podrá ser aplicado durante el año fiscal o años fiscales en los que se lleven al cabo las acciones de restauración.
A fin de hacer posible lo anterior, los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, presentarán a más tardar en 90 días una iniciativa de reformas al Código Fiscal del DF para ajustar las disposiciones considerando la modificación en comento.