Aguinaldo y ajuste del ISR, mejor de la mano

Conoce cómo obtener el aguinaldo de tus colaboradores, además de sus ingresos exentos y gravados, para calcularles el ISR del ejercicio

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Quienes hubieran realizado en el ejercicio 2016 pagos por concepto de sueldos y salarios, están obligados a pagar en diciembre el aguinaldo a favor de sus trabajadores y en su caso a realizarles el ajuste anual del ISR. Es conveniente efectuar ambos cálculos en un mismo periodo de pago, pues en el caso de que resulten cantidades a cargo del trabajador por el ISR del ejercicio, estas pueden aplicarse contra la propia percepción que deban pagar a más tardar el día 20 de diciembre, recordando que la prestación mínima no puede ser menor al equivalente a 15 días del salario del trabajador (art. 87, LFT).

El ajuste se efectúa a todos los trabajadores y asimilados a salarios con excepción de los siguientes casos (arts. 97, 98, fracc. III, LISR):

  • quienes comenzaron a trabajar con posterioridad al 1o de enero de 2016 o se separaron antes del 1o de diciembre de 2016
  • la totalidad de los pagos realizados al trabajador durante el ejercicio (gravados y exentos incluso los viáticos) excedan de $400,000.00
  • además de los ingresos por salarios obtengan otro tipo de percepciones acumulables; por ejemplo, actividades empresariales, honorarios, arrendamiento, etc.
  • las retribuciones por salarios provengan de dos o más empleadores de forma simultánea durante el ejercicio
  • comuniquen por escrito al patrón a más tardar el 31 de diciembre de 2016, que presentarán su declaración anual

Para conocer cómo se obtiene el aguinaldo a pagar a los colaboradores y como realizarles el ajuste anual del ISR considérese el siguiente ejemplo.

Caso práctico

La empresa “Maquinaria Industrial, S.A. de C.V.” presenta a continuación sus datos para efectos de determinar el aguinaldo de 2016.

Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
Tipo de salario Fijo Mixto Fijo Fijo Variable Fijo
Salario fijo mensual $4,100.00 $8,300.00 $11,000.00 $24,500.00 $0.00 $39,000.00

La empresa otorga la prestación con base en 40 días de salario, sin embargo, recordemos que las faltas injustificadas e incapacidades por enfermedad general no se consideran como días laborados para el pago del aguinaldo.

Inasistencias del ejercicio

Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar (1) Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
Faltas injustificadas 0 0 4 1 0 1
Incapacidades por enfermedad general 0 0 2 3 0 0
Incapacidades por maternidad (2) 0 0 0 0 0 84

Nota:(1) El trabajador ingresó el 15 de enero

(2) Las incapacidades por maternidad y riesgos de trabajo se consideran como días laborados para efectos del aguinaldo

Días para el pago del aguinaldo

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Días del ejercicio 365 365 365 365 365 365
Menos: Faltas injustificadas 0 0 4 1 0 1
Menos: Incapacidades por enfermedad general 0 0 2 3 0 0
Menos: Días transcurridos del inicio del ejercicio al día anterior a su ingreso 0 15 0 0 0 0
Igual: Días para el pago del aguinaldo 365 350 359 361 365 364

Días de aguinaldo a pagar

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Días base para el aguinaldo 365 350 359 361 365 364
Entre: Días del ejercicio 365 365 365 365 365 365
Igual: Proporción de días laborados 1.0000 0.9589 0.9836 0.9890 1.0000 0.9973
Por: Días de aguinaldo que otorga la empresa 40 40 40 40 40 40
Igual: Días de aguinaldo 40.0000 38.3560 39.3440 39.5600 40.0000 39.8920

La base para el pago es la cuota diaria que se compone del salario fijo más el promedio de percepciones variables para quienes tienen un salario mixto o variable.

Cuota diaria sobre salario fijo

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Salario fijo mensual $4,100.00 $8,300.00 $11,000.00 $24,500.00 $0.00 $39,000.00
Entre: Número de días 30 30 30 30 30 30
Igual: Cuota diaria sobre salario fijo $136.67 $276.67 $366.67 $816.67 $0.00 $1,300.00

Las comisiones pagadas a los trabajadores con salario variable y mixto fueron:

  Comisiones pagadas Ricardo López Aguilar Alejandro Vivar Chávez
  Enero $2,945.00 $25,800.00
Más: Febrero 5,987.00 25,900.00
Más: Marzo 6,012.00 26,000.00
Más: Abril 5,849.00 25,700.00
Más: Mayo 6,105.00 26,100.00
Más: Junio 5,987.00 25,800.00
Más: Julio 6,015.00 26,200.00
Más: Agosto 5,789.00 25,800.00
Más: Septiembre 6,045.00 25,700.00
Más: Octubre 5,980.00 26,000.00
Más: Noviembre 6,140.00 25,900.00
Más: Diciembre 6,089.00 27,000.00
Igual: Total 68,943.00 311,900.00
Entre: Días laborados 350 365
Igual: Cuota diaria sobre salario variable $196.98 $854.52

Cuota diaria base para el pago del aguinaldo

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Cuota diaria sobre salario fijo $136.67 $276.67 $366.67 $816.67 $0.00 $1,300.00
Más: Cuota diaria sobre salario variable 0.00 196.98 0.00 0.00 854.52 0.00
Igual: Cuota diaria base para el pago del aguinaldo $136.67 $473.65 $366.67 $816.67 $854.52 $1,300.00

La cuota diaria se multiplica por los días de aguinaldo a pagar y así se conoce el aguinaldo a favor de cada trabajador.

Aguinaldo a pagar

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Cuota diaria base para el pago del aguinaldo $136.67 $473.65 $366.67 $816.67 $854.52 $1,300.00
Por: Días de aguinaldo 40 38.356 39.344 39.56 40 39.892
Igual: Aguinaldo a pagar $5,466.80 $18,167.32 $14,426.26 $32,307.47 $34,180.80 $51,859.60

Impuesto a retener

Para conocer el ISR a cargo del aguinaldo, primeramente se disminuirá con la parte exenta de 30 UMA. En caso de que dicha exención supere al aguinaldo a pagar, solo se toma como aguinaldo exento hasta el importe de dicha gratificación (art. 93, fracc. XIV, LISR).

Monto máximo del aguinaldo exento

    Importe
  UMA $73.04
Por: Días de exención 30
Igual: Monto máximo del aguinaldo exento $2,191.20

Aguinaldo gravado

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Aguinaldo a pagar $5,466.80 $18,167.32 $14,426.26 $32,307.47 $34,180.80 $51,859.60
Menos: Aguinaldo exento 2,191.20 2,191.20 2,191.20 2,191.20 2,191.20 2,191.20
Igual: Aguinaldo gravado $3,275.60 $15,976.12 $12,235.06 $30,116.27 $31,989.60 $49,668.40

El ISR a cargo del aguinaldo puede obtenerse de dos formas: la primera es adicionar el monto gravado a los demás ingresos ordinarios del periodo y aplicarles la tabla del ISR, además de la relativa al subsidio para el empleo; la segunda opción es determinar una tasa de retención con base en un promedio mensual de la gratificación anual (art. 174, RLISR).

Conforme a la LISR

Si se aplica la tarifa del artículo 96 de la LISR a los ingresos ordinarios del mes más el aguinaldo gravado, se obtiene el siguiente impuesto.

ISR sobre total de ingresos

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Salario fijo mensual $4,100.00 $8,300.00 $11,000.00 $24,500.00 $0.00 $39,000.00
Más: Comisiones del periodo 0.00 6,089.00 0.00 0.00 27,000.00 0.00
Igual: Ingresos ordinarios del periodo 4,100.00 14,389.00 11,000.00 24,500.00 27,000.00 39,000.00
Más: Aguinaldo gravado 3,275.60 15,976.12 12,235.06 30,116.27 31,989.60 49,668.40
Igual: Total de ingresos gravados 7,375.60 30,365.12 23,235.06 54,616.27 58,989.60 88,668.40
Menos: Límite inferior 4,210.42 20,770.30 20,770.30 32,736.84 32,736.84 83,333.34
Igual: Excedente del límite inferior 3,165.18 9,594.82 2,464.76 21,879.43 26,252.76 5,335.06
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 10.88 % 23.52 % 23.52 % 30.00 % 30.00 % 34.00 %
Igual: Impuesto marginal 344.37 2,256.70 579.71 6,563.83 7,875.83 1,813.92
Más: Cuota fija 247.24 3,327.42 3,327.42 6,141.95 6,141.95 21,737.57
Igual: ISR sobre el total de ingresos 591.61 5,584.12 3,907.13 12,705.78 14,017.78 23,551.49
Menos: Subsidio para el empleo 217.61 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Igual: ISR sobre total de ingresos $374.00 $5,584.12 $3,907.13 $12,705.78 $14,017.78 $23,551.49

La diferencia entre este impuesto y el que hubiera correspondido a los ingresos ordinarios del mes es el ISR a cargo del aguinaldo.

ISR a cargo sobre ingresos ordinarios del mes

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Ingresos ordinarios del periodo $4,100.00 $14,389.00 $11,000.00 $24,500.00 $27,000.00 $39,000.00
Menos: Límite inferior 496.08 10,298.36 10,298.36 20,770.30 20,770.30 32,736.84
Igual: Excedente del límite inferior 3,603.92 4,090.64 701.64 3,729.70 6,229.70 6,263.16
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 6.40 % 21.36 % 21.36 % 23.52 % 23.52 % 30.00 %
Igual: Impuesto marginal 230.65 873.76 149.87 877.23 1,465.23 1,878.95
Más: Cuota fija 9.52 1,090.61 1,090.61 3,327.42 3,327.42 6,141.95
Igual: ISR sobre ingresos ordinarios del mes 240.17 1,964.37 1,240.48 4,204.65 4,792.65 8,020.90
Menos: Subsidio para el empleo 382.46 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Igual: ISR a cargo sobre ingresos ordinarios del mes ($142.29) $1,964.37 $1,240.48 $4,204.65 $4,792.65 $8,020.90

ISR a cargo sobre el aguinaldo conforme a la LISR

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  ISR sobre total de ingresos $374.00 $5,584.12 $3,907.13 $12,705.78 $14,017.78 $23,551.49
Menos: ISR a cargo sobre ingresos ordinarios del mes ($142.29) $1,964.37 $1,240.48 $4,204.65 $4,792.65 $8,020.90
Igual: ISR a cargo sobre el aguinaldo conforme a la LISR $516.29 $3,619.75 $2,666.65 $8,501.13 $9,225.13 $15,530.59

En el caso de Carmen Gama Camacho, la diferencia entre ambos procedimientos representa el subsidio para el empleo que dejaría de pagarse.

Aplicando el RLISR

Si se opta por aplicar el procedimiento del artículo 174 del RLISR, el aguinaldo gravado se divide entre el número de días que comprende el ejercicio y el resultado se multiplica por el factor de 30.4 (art. 174, fracc. I, RLISR).

Aguinaldo promedio mensual

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Aguinaldo gravado $3,275.60 $15,976.12 $12,235.06 $30,116.27 $31,989.60 $49,668.40
Entre: Días del ejercicio 365 365 365 365 365 365
Igual: Proporción de aguinaldo diaria 8.97 43.77 33.52 82.51 87.64 136.08
Por: Factor del RLISR 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4 30.4
Igual: Aguinaldo promedio mensual $272.69 $1,330.61 $1,019.01 $2,508.30 $2,664.26 $4,136.83

El promedio se adiciona a los ingresos ordinarios y al resultado se le aplica la tarifa mensual del LISR.

ISR sobre la base gravable conforme al RLISR

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Aguinaldo promedio mensual $272.69 $1,330.61 $1,019.01 $2,508.30 $2,664.26 $4,136.83
Más: Ingresos ordinarios del periodo 4,100.00 14,389.00 11,000.00 24,500.00 27,000.00 39,000.00
Igual: Base gravable conforme al RLISR 4,372.69 15,719.61 12,019.01 27,008.30 29,664.26 43,136.83
Menos: Límite inferior 4,210.42 10,298.36 10,298.36 20,770.30 20,770.30 32,736.84
Igual: Excedente del límite inferior 162.27 5,421.25 1,720.65 6,238.00 8,893.96 10,399.99
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 10.88 % 21.36 % 21.36 % 23.52 % 23.52 % 30.00 %
Igual: Impuesto marginal 17.65 1,157.98 367.53 1,467.18 2,091.86 3,120.00
Más: Cuota fija 247.24 1,090.61 1,090.61 3,327.42 3,327.42 6,141.95
Igual: ISR sobre la base gravable conforme al RLISR $264.89 $2,248.59 $1,458.14 $4,794.60 $5,419.28 $9,261.95

En esta opción no se calcula subsidio para el empleo, pues no forma parte del cálculo del ISR previsto en el artículo 96 de la LISR (art.174, fracc. II, RLISR). A continuación se obtiene la diferencia entre el resultado anterior y el ISR sobre los ingresos ordinarios.

ISR sobre el aguinaldo mensual promedio

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  ISR sobre la base gravable conforme al RLISR $264.89 $2,248.59 $1,458.14 $4,794.60 $5,419.28 $9,261.95
Menos: ISR a cargo sobre ingresos ordinarios del mes (sin el subsidio para el empleo) 240.17 1,964.37 1,240.48 4,204.65 4,792.65 8,020.90
Igual: ISR sobre el aguinaldo mensual promedio $24.72 $284.22 $217.66 $589.95 $626.63 $1,241.05

La diferencia se divide entre el aguinaldo promedio mensual y el cociente es la tasa de retención (art. 174, fraccs. II y IV, RLISR).

Tasa para aplicarse al aguinaldo gravado

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  ISR sobre el aguinaldo mensual promedio $24.72 $284.22 $217.66 $589.95 $626.63 $1,241.05
Entre: Aguinaldo promedio mensual $272.69 $1,330.61 $1,019.01 $2,508.30 $2,664.26 $4,136.83
Igual: Tasa para aplicarse al aguinaldo gravado 9.06 % 21.36 % 21.35 % 23.51 % 23.51 % 30.00 %

El aguinaldo gravado se multiplica por la tasa y el resultado es el impuesto a cargo del aguinaldo.

ISR correspondiente al aguinaldo en términos del RLISR

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Aguinaldo gravado $3,275.60 $15,976.12 $12,235.06 $30,116.27 $31,989.60 $49,668.40
Por: Tasa para aplicarse al aguinaldo gravado 9.06 % 21.36 % 21.35 % 23.51 % 23.51 % 30.00 %
Igual: ISR correspondiente al aguinaldo en términos del RLISR $296.77 $3,412.50 $2,612.19 $7,080.34 $7,520.75 $14,900.52

Comparación

Comparando los resultados de cada método podrá decidirse cual se aplica a cada trabajador.

Procedimiento a aplicar al trabajador

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  ISR a cargo sobre el aguinaldo conforme a la LISR $516.29 $3,619.75 $2,666.65 $8,501.13 $9,225.13 $15,530.59
Contra: ISR correspondiente al aguinaldo en términos del RLISR $296.77 $3,412.50 $2,612.19 $7,080.34 $7,520.75 $14,900.52
Igual: Procedimiento a aplicar al trabajador RLISR RLISR RLISR RLISR RLISR RLISR

En todos los casos es mejor aplicar el RLISR.

Ajuste anual

Para realizar el ajuste anual de los trabajadores, primeramente debe recordarse las exenciones aplicables (art. 93, LISR). A continuación se muestra el total de los ingresos que los trabajadores percibieron en 2016.

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Salario $49,200.00 $129,800.00 $290,733.33 $311,900.00 $357,500.00
Más: Horas extras 1,400.56 4,766.32 7,553.92 0.00 0.00
Más: Prima vacacional 478.35 2,566.69 4,001.68 5,288.22 4,095.00
Más: Aguinaldo 5,466.80 14,426.26 32,307.47 34,180.80 51,859.60
Más: PTU 7,864.00 6,845.00 6,648.00 6,487.00 7,015.00
Más: Vales de despensa 3,936.00 10,384.00 23,259.00 24,952.00 28,600.00
Más: Ayuda para artículos escolares 3,900.00 3,900.00 3,900.00 3,900.00 3,900.00
Más: Aportación patronal al fondo de ahorro 1,968.00 5,192.00 11,629.33 12,476.00 14,300.00
Más: Viáticos 27,938.00 46,385.00 0.00 0.00 0.00
Igual: Total de ingresos pagados en el ejercicio $102,151.71 $224,265.27 $380,032.73 $399,184.02 $467,269.60

Los ingresos de Miryam Castillo Moreno superan los $400,000.00, por lo que a ella y a Ricardo López Aguilar quien no laboró el año completo, no se les realizará ajuste anual.

Tiempo extra

La empresa presenta los siguientes datos de las horas extras del ejercicio:

Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca
Tiempo extra pagado en la semana $1,400.56 $4,766.32 $7,553.92
Tiempo extra exento (1) 700.28 2,383.16 3,341.36
Tiempo extra gravado $700.28 $2,383.16 $4,212.56

Nota:(1) A los trabajadores de SMG se les exenta el total del tiempo extraordinario legalmente permitido por la legislación laboral (tres horas diarias por tres veces a la semana).

Quienes perciban más del SMG, solo se les exenta el 50  % del tiempo extraordinario legalmente, sin exceder de cinco UMA a la semana

Prima vacacional

La empresa otorgó un 35 % por concepto de prima vacacional conforme a lo siguiente (art. 71, Ley Federal del Trabajo).

Prima vacacional gravada

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Días de vacaciones tomados en el ejercicio 10 20 14 18 9
Por: Cuota diaria $136.67 $366.67 $816.67 $839.40 $1,300.00
Igual: Salario del periodo vacacional 1,366.70 7,333.40 11,433.38 15,109.20 11,700.00
Por: Por ciento de prima vacacional 35 % 35 % 35 % 35 % 35 %
Igual: Prima vacacional del ejercicio 478.35 2,566.69 4,001.68 5,288.22 4,095.00
Menos: Prima vacacional exenta (1) 478.35 1,095.60 1,095.60 1,095.60 1,095.60
Igual: Prima vacacional gravada $0.00 $1,471.09 $2,906.08 $4,192.62 $2,999.40

Nota:(1) Hasta el equivalente a 15 UMA

PTU

La PTU pagada en el ejercicio correspondiente a la generada en 2015 fue:

PTU gravada

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  PTU $7,864.00 $6,845.00 $6,648.00 $6,487.00 $7,015.00
Menos: PTU exenta (1) 1,095.60 1,095.60 1,095.60 1,095.60 1,095.60
Igual: PTU gravada $6,768.40 $5,749.40 $5,552.40 $5,391.40 $5,919.40

Nota:(1) Hasta el equivalente a 15 UMA

Previsión social

De acuerdo con el penúltimo párrafo del artículo 93 de la LISR, para obtener la previsión social gravada solamente se tomarán los vales de despensa y ayuda para artículos escolares que otorga la empresa.

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez
  Vales de despensa $3,936.00 $10,384.00 $23,259.00 $24,952.00
Más: Ayuda para artículos escolares 3,900.00 3,900.00 3,900.00 3,900.00
Igual: Total de prestaciones de previsión social del ejercicio sujetas al límite de siete UMA 7,836.00 14,284.00 27,159.00 28,852.00
Más: Salarios del ejercicio 49,200.00 129,800.00 290,733.33 311,900.00
Igual: Suma de salarios y prestaciones de previsión social 57,036.00 144,084.00 317,892.33 340,752.00
Contra: Siete UMA anuales $187,128.48 $187,128.48 $187,128.48 $187,128.48
Igual: Excede No No

En los casos de Carmen Gama Camacho y Jorge Jiménez Sandoval, el total de las prestaciones de previsión social están exentas, pues la suma con los salarios no exceden al monto equivalente a siete UMA anuales.

Para los dos últimos supuestos el salario por sí mismo rebasa el límite, por lo que solo se exenta hasta el equivalente a una UMA anual.

Previsión social gravada

  Concepto Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez
  Total de prestaciones de previsión social del ejercicio sujetas al límite de siete UMA $27,159.00 $28,852.00
Menos: Previsión social exenta (hasta un UMA) 26,732.64 26,732.64
Igual: Previsión social gravada $426.36 $2,119.36

Fondo de ahorro

Asimismo se pagó el siguiente fondo de ahorro, el cual se encuentra exento siempre que el empleador cumpla los requisitos para su deducibilidad, entre los cuales se encuentra que la aportación patronal no rebase del equivalente a 1.3 veces la UMA elevado al año.

Aportación del patrón en el ejercicio

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno
  Salario pagados en el ejercicio $49,200.00 $129,800.00 $290,733.33 $311,900.00 $357,500.00
Por: Por ciento de fondo de ahorro 4.00 % 4.00 % 4.00 % 4.00 % 4.00 %
Igual: Aportación del patrón en el ejercicio $1,968.00 $5,192.00 $11,629.33 $12,476.00 $14,300.00

Viáticos

Los trabajadores Carmen Gama Camacho y Jorge Jiménez Sandoval realizaron cuatro viajes en el ejercicio de los cuales una parte no se comprobó con documentación de terceros que reúna requisitos fiscales. Cabe recordar que el importe de los gastos no amparados con la documentación correspondiente no puede exceder de $15,000.00 al año.

Viáticos gravados

  Concepto Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca
  Viáticos otorgados en el ejercicio $27,938.00 $46,385.00
Menos: Viáticos comprobados con documentación de terceros (exentos conforme LISR) 23,713.00 37,854.00
Igual: Viáticos no comprobados con documentación de terceros 4,225.00 8,531.00
Menos: Viáticos exentos 3,556.00 7,779.00
Igual: Viáticos gravados por exceder del 20 % del total de viáticos recibidos en cada evento $669.00 $752.00

Ajuste del ejercicio

Conociendo los ingresos gravados del ejercicio, se puede obtener la base gravable a la cual se le aplica la tarifa anual del ISR para 2016, que puede consultarse en nuestra página www.idconline.com.mx

Base gravable del ejercicio

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez
  Salarios $49,200.00 $129,800.00 $290,733.33 $311,900.00
Más: Tiempo extra gravado 700.28 2,383.16 4,212.56 0.00
Más: Prima vacacional gravada $0.00 $1,471.09 $2,906.08 $4,192.62
Más: Aguinaldo gravado $3,275.60 $12,235.06 $30,116.27 $31,989.60
Más: PTU gravada 6,768.40 5,749.40 5,552.40 5,391.40
Más: Previsión social gravada 0.00 0.00 426.36 2,119.36
Más: Viáticos gravados 0.00 669.00 752.00 0.00
Igual: Base gravable del ejercicio $59,944.28 $152,307.71 $334,699.00 $355,592.98

ISR del ejercicio

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez
  Base gravable $59,944.28 $152,307.71 $334,699.00 $355,592.98
Menos: Límite inferior 50,524.93 123,580.21 249,243.49 249,243.49
Igual: Excedente del límite inferior 9,419.40 28,727.50 85,455.50 106,349.50
Por: Por ciento para aplicarse al excedente del límite inferior 10.88 % 21.36 % 23.52 % 23.52 %
Igual: Impuesto marginal 1,024.83 6,136.19 20,099.14 25,013.40
Más: Cuota fija 2,966.91 13,087.37 39,929.05 39,929.05
Igual: ISR del ejercicio $3,991.74 $19,223.56 $60,028.19 $64,942.45

Contra el ISR del ejercicio se aplicará la suma del subsidio para el empleo que durante el ejercicio se disminuyó del ISR a cargo de los trabajadores en cada cálculo semanal, quincenal, etc.

ISR a cargo

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez
  ISR del ejercicio $3,991.74 $19,223.56 $60,028.19 $64,942.45
Menos: Suma del subsidio para el empleo aplicado durante el ejercicio 4,268.00 0.00 0.00 0.00
Igual: ISR a cargo $0.00 $19,223.56 $60,028.19 $64,942.45

El subsidio para el empleo no puede generar un saldo a favor, por lo que de ser superior al ISR del ejercicio, el resultado será un ISR a cargo de cero, como en el caso de Carmen Gama Camacho.

Contra el ISR a cargo se acreditará el ISR retenido por el empleador.

ISR a cargo (favor) del ajuste anual

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez
  ISR a cargo $0.00 $19,223.56 $60,028.19 $64,942.45
Menos: Retenciones del ejercicio 346.00 22,648.00 62,984.00 64,365.00
Igual: ISR a cargo (favor) del ajuste anual ($346.00) ($3,424.44) ($2,955.81) $577.45

Derivado del ajuste anual, se retendrá el ISR a Alejandro Vivar Chávez por $577.45.

En los demás casos que se obtuvo saldo a favor, el empleador puede:

1.- Compensarlo contra el ISR a retener a los trabajadores en el aguinaldo y si aún queda un remanente a favor, aplicarlo contra las retenciones que deba efectuarles en 2017. Así, se obtiene el siguiente aguinaldo neto a pagar.

Aguinaldo neto a pagar

  Concepto Carmen Gama Camacho Ricardo López Aguilar (1) Jorge Jiménez Sandoval Patricia Corona Fonseca Alejandro Vivar Chávez Miryam Castillo Moreno (1)
  Aguinaldo a pagar $5,466.80 $18,167.32 $14,426.26 $32,307.47 $34,180.80 $51,859.60
Menos: ISR correspondiente al aguinaldo según la opción elegida 296.77 3,412.50 2,612.19 7,080.34 7,520.75 14,900.52
Más/Menos: ISR a cargo (favor) del ajuste anual sin exceder del anterior 296.77 0.00 2,612.19 2,955.81 577.45 0.00
Igual: Aguinaldo neto a pagar $5,466.80 $14,754.82 $14,426.26 $28,182.94 $26,082.60 $36,959.08

Nota:(1) A estos trabajadores no se les realizó ajuste anual, sin embargo se muestra el pago neto del aguinaldo que se les realizará

Remanente del ISR a favor del ajuste anual

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval
  ISR a cargo (favor) del ajuste anual $346.00 $3,424.44
Menos: ISR correspondiente al aguinaldo según la opción elegida 296.77 2,612.19
Igual: Remanente del ISR a favor del ajuste anual $49.23 $812.25

2.- La otra opción es utilizar el ISR retenido a los trabajadores con saldo a cargo para realizar la devolución a los trabajadores con el saldo a favor. En este supuesto se retendrían los $577.45 a Alejandro Vivar Chávez, con lo que solo podrían efectuarse las siguientes devoluciones:

  Concepto Carmen Gama Camacho Jorge Jiménez Sandoval
  Aguinaldo a pagar $5,466.80 $14,426.26
Menos: ISR correspondiente al aguinaldo según la opción elegida 296.77 2,612.19
Igual: Aguinaldo neto a pagar 5,170.03 11,814.07
Más: ISR a favor del ajuste anual (346.00) (231.45)
Igual: Neto a pagar $5,516.03 $12,045.52

Como se observa, al trabajador Jorge Jiménez Sandoval solo se le puede devolver parcialmente del total de su saldo a favor, por lo que le queda un remanente de $3,192.99.

Conclusión

Resulta conveniente elaborar el ajuste anual a los trabajadores en el mismo periodo que se pagará el aguinaldo, pues ello permite aminorar la carga económica si es que tienen un saldo a cargo por el ISR anual, ya que podrá aplicarse contra dicha gratificación en lugar de hacerlo contra los ingresos ordinarios del periodo.