Por Antonio Castillo
En la iniciativa de Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal 2017, presentada ante el Congreso Local, se prevé el otorgamiento de diversos estímulos fiscales, mismos que serán efectivos una vez que sean aprobados y publicados en el periódico oficial del estado.
Esos beneficios serían para los contribuyentes de esa entidad federativa, respecto al pago de contribuciones locales a realizarse durante 2017; a continuación te comentamos los más sobresalientes:
Beneficio | Observaciones | |
Impuesto sobre Actos Jurídicos Disminución del 100 % respecto a actos a garantizar obligaciones (fianzas, hipotecas, entre otras), celebrados con entidades del sector público en la promoción de programas de vivienda, en vigor durante 2017 (artículo quinto) | Sin cambios respecto al ejercicio 2016 | |
Condonación o de reducción total o parcial de los recargos Se otorgaría a los contribuyentes por conducto de la Secretaría de Hacienda estatal, sobre los recargos que correspondan a las contribuciones locales adeudadas de ejercicios anteriores, sin que aplique para los generados durante 2017 (artículo sexto) | En 2016 no existió un beneficio de esta naturaleza | |
No pago de impuestos estatales, contribuciones extraordinarias o especiales, derechos y aprovechamientos Aplicable al estado y sus municipios, así como sus organismos descentralizados y paraestatales, incluyendo entes estatales con autonomía. No aplica a derechos de peaje (artículo décimo) | Sin cambios respecto al ejercicio 2016 | |
Reducción del Impuesto sobre Nóminas Estímulo fiscal aplicable a cada uno de los periodos de pago correspondientes al ejercicio fiscal 2017, cubierto en dentro los plazos legales, de acuerdo con los siguientes porcentajes (artículo undécimo): | Para acceder este beneficio, se contempla que los contribuyentes interesados deberían presentar a más tardar el 31 de enero de 2017, la siguiente información:
Este beneficio disminuyó en comparación al ejercicio 2016, en donde los porcentajes fueron del 30 %, 20 % y 10 %, respectivamente a cada rango de número de empleados |
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Número de empleados del mes | Estímulo fiscal mensual | |
De 1 a 10 empleados | 20 % | |
De 11 a 30 empleados | 10 % | |
De 31 a 50 empleados | 5 % | |