Buzón tributario para todo trámite gubernamental

Con la reforma para 2017 podrá utilizarse por todo tipo de autoridad, aunque dicho uso está condicionado

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 .  (Foto: iStock)

Derivado de las reformas al Código Fiscal de la Federación para 2017, en específico con la adición al artículo 17-L , el SAT mediante reglas de carácter general permitirá el uso del buzón tributario para la comunicación entre los particulares y las autoridades de la administración pública centralizada y paraestatal del gobierno federal, estatal y municipal e incluso organismos constitucionalmente autónomos  (INAI, INE, etc).

Para ello será necesario obtener el consentimiento de los particulares que intervengan en los actos en que se pretenda utilizar la herramienta.

Es importante que tengas presente que la información depositada en el buzón, bajo los lineamientos señalados no podrá ser utilizada para un uso fiscal.

Según la regla 2.2.11 de la RMISC 2017, la solicitud al SAT sobre el uso del buzón tributario se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la ficha de trámite 246/CFF “Solicitud de Autorización para el uso del buzón tributario a sector gobierno y particulares”, contenida en el Anexo 1-A.

Finalmente de conformidad con las disposiciones transitorias de la mencionada resolución esto se aplicará plenamente a partir del 29 de diciembre de 2017.