Si desea realizar alguna gestión ante la autoridad fiscal de manera presencial, no olvide que hay días inhábiles y que no habrá labores en sus oficinas, a saber:
Concepto | Fechas |
Vacaciones primer periodo | Del 17 al 28 de julio de 2017 |
Inhábiles | El 13 y 14 de abril, incluso el 2 de noviembre de 2017. Lo anterior, sin perjuicio de que el personal del SAT cubra guardias y que es necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades de acuerdo con lo previsto en los artículos 13 del CFF y 18 de la Ley Aduanera |
Las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal en términos de los numerales 13 y 14 de la Ley Federal de Coordinación Fiscal, podrán considerar los días inhábiles señalados, si los dan a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo con las disposiciones legales y administrativas que las rigen (regla 2.1.6., RMISC 2017).