En noviembre y diciembre de 2016 y marzo de 2017 se recibieron devoluciones de ventas efectuadas en 2016 ¿Qué efecto tendrán estas devoluciones?
Las devoluciones sobre ventas son una deducción autorizada, por lo que las correspondientes a noviembre y diciembre se aplicarán en la declaración del ejercicio de 2016. Respecto a la de marzo igualmente puede tomarse para dicha declaración o en su lugar considerarse hasta la declaración anual de 2017 (arts. 25, fracc. I, LISR y 31, fracc. I, RLISR).