Informativa de repecos

Informativa de repecos

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 .  (Foto: IDC online)

Uno de los artículos más favorables del Decreto de estímulos fiscales es el décimo segundo, ya que permite a los pequeños contribuyentes tributar en ese régimen a pesar de no haber presentado la declaración informativa de sus ingresos prevista en el artículo 137, cuarto párrafo de la LISR.

Sin embargo, dichos contribuyentes no se encuentran liberados de la obligación, por lo cual debieron presentarla a más tardar el pasado 15 de febrero, y en caso contrario, podrá ser requerida por las autoridades fiscales, aun cuando existiría la duda de si aquéllas pudieran imponer, en el evento de un incumplimiento, alguna sanción, al existir ésta precisada en la Ley (la salida del régimen) y ser eliminada a través del Decreto.