3739 CL industria textil/Examen cuota de las conexiones de acero

Detalle de lo dao a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

Texto íntegro del CL de industria textil del ramo de géneros de punto

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 2 de agosto de 2024, la comparecencia de la Comisión de Ordenación y Estilo del Contrato Ley (CL) de la industria textil del ramo de ramo de géneros de punto. Asimismo se divulgó en el DOF dicho contrato, cuya vigencia es del 11 de octubre de 2023 al 10 de octubre de 2025.

Lo anterior, en cumplimiento al convenio del 9 de octubre de 2023, en el que se revisó integralmente el CL de dicha industria (divulgado en el DOF el 29 de noviembre de 2023) en el cual destacó el porcentaje de incremento a los salarios y tarifas que actualmente devengan los trabajadores sindicalizados al servicio de la industria, ya sea fijos, a destajo, por tarea, por eficiencia y derivados de convenios singulares superiores, así como los llamados “banderazos”, donde los hubiere, el cual corresponde a un 6.5 %, por lo que una vez aplicado el mismo, el salario mínimo quedó en $ 245.00.

 

Examen de vigencia de cuota compensatoria de las conexiones de acero

Se publicó en el DOF del 2 de agosto de 2024 la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”.

En esta resolución la Secretaría de Economía:

  • declaró el inicio del procedimiento de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de dicho producto, originario de China, que ingresa a territorio nacional a través de la fracción arancelaria 7307.93.01, o por cualquier otra
  • fijó como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de julio de 2023 al 30 de junio de 2024; y del 1o. de julio de 2019 al 30 de junio de 2024, respectivamente, y
  • estableció que la cuota compensatoria definitiva de 1.05 dólares por kilogramo, continuará vigente mientras se tramita este procedimiento 

La resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF.