¿Ampliarán horarios en bares y cantinas?

El gobierno del DF a finales de diciembre de 2009 propuso ampliar el horario de los restaurantes y cantinas a fin de reactivar la economía

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 .  (Foto: IDC online)

El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprob? 23 de diciembre un paquete de iniciativas de ley que tienen como prop?o reactivar la econom?en el Distrito Federal (DF).

Entre ellas se encuentra la Ley del Instituto de Verificaci?dministrativa del DF y reformas a la Ley de Establecimientos Mercantiles para eliminar la restricci?e horarios que el mismo gobierno del DF public? 26 de enero de 2009.

Cabe destacar que la Ley de Establecimientos Mercantiles en el DF entr? vigor el 25 de febrero de 2009 y proh? a restaurantes, cantinas, bares, cabarets y discotecas vender bebidas alcoh?as despu?de las 2:30 horas oblig?olos a cerrar sus puertas a las 3:00 de la ma?, adem?de prohibir la modalidad de barra libre.

Por su parte, el propio art?lo 39 de la ley en comento, se? que de domingo a mi?oles el horario de funcionamiento y de venta de bebidas alcoh?as ser?e una hora menos. 

No obstante, en noviembre de 2009 y derivado de la crisis econ?a, el gobierno del DF present?la ALDF una iniciativa de reforma para ?ampliar? el horario de apertura de los bares, antros y cantinas. Dicha reforma est?endiente de publicaci?n la Gaceta Oficial. 

Sin embargo, se ha detectado que en diferentes delegaciones de la ciudad existen establecimientos que contin?operando y vendiendo alcohol fuera del horario permitidos sin que existan registros de que se est?realizando las inspecciones  respectivas. 

Ley del Instituto de Verificaci?dministrativa del DF

Se crea el Instituto de Verificaci?dministrativa del DF quien tendr?a facultad de practicar las respectivas visitas cuando se trate de los siguientes t?os:

  • preservaci?el medio ambiente
  • anuncios
  • mobiliario urbano
  • desarrollo urbano y uso de suelo
  • cementerios y servicios funerarios
  • turismo y servicios de alojamiento

Por su parte, las Delegaciones tendr?la atribuci?e ordenar a los verificadores del Instituto, la pr?ica de las visitas de verificaci?dministrativa, entre otras, en las materias siguientes:

  • establecimientos mercantiles
  • estacionamientos p?cos
  • construcciones y edificaciones
  • mercados y abasto
  • espect?los p?cos
  • protecci?ivil
  • protecci?e no fumadores

Las etapas que observar?l procedimiento de verificaci?son:

  • orden de la visita de verificaci?/li>
  • pr?ica de la visita de verificaci?/li>
  • determinaci? ejecuci?e medidas de seguridad
  • substanciaci?el procedimiento de calificaci?e las actas de visita de verificaci?/li>
  • ejecuci?e la resoluci?ictada en la calificaci?e las actas de visita de verificaci?li>

Dicha Ley se public? 26 de enero de 2010.

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