Próxima NOM sobre riesgos ergonómicos

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social proyectó una norma sobre este tipo de peligros respecto de la carga manual

Trabajadores petroleros
 Trabajadores petroleros  (Foto: Redacción)

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social dio a conocer en el DOF de este 4 de enero de 2018 el PROY-NOM-036-1-STPS-2017, Factores de riesgo ergonómico en el trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1-Manejo manual de cargas.

Su objeto es fijar los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico (FRE) en los establecimientos laborales derivados del manejo manual de cargas, a efectos de prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores. La vigilancia de su cumplimiento corresponde a la STPS.

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Según este documento, las actividades que necesiten efectuar el traslado manual de pesos deben ser ejecutado por colaboradores que tengan una aptitud física avalada por un médico o una institución de seguridad social o privada.

Tiene que ser aplicada las compañías de la República Mexicana en donde existan subordinados que realicen la manipulación manual de cargas de forma cotidiana (más de una vez a la semana); no se observa cuando se hagan tareas que conlleven mover pesos menores a tres kilogramos.

Del proyecto de la NOM destacan los siguientes puntos:

 

Responsabilidades patronales

  • Contar con el análisis de los FRE por el manejo manual de cargas y crear las medidas de prevención o control para reducir o eliminar los FRE en la remoción de cargas
  • vigilar la salud de los trabajadores ocupacionalmente expuestos
  • proporcionar capacitación y adiestramiento al personal sobre los procedimientos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro o en su en su caso, de las tácticas de elusión de peligros cuando se realizan cargas manuales, y
  • registrar las acciones de salvaguarda fijadas y los exámenes médicos practicados
  • desarrollar un procedimiento de seguridad; las acciones de seguridad general, de levantamiento y transporte de cargas, y para empujar o jalar aquellas con o sin ayuda de equipo auxiliar, así como las estrategias de control administrativo y técnico
  • vigilar la salud del personal basándose en un programa, mismo que debe ser ejecutado por un doctor especialista en medicina del trabajo
  • conservar las evaluaciones médicas y los registros correspondientes en un expediente, mismo que debe conservarse por un plazo de cinco años, y
  • proporcionar instrucción teórica, entrenamiento práctico y evaluación de los conocimientos y habilidades adquiridos, en los términos que indica el proyecto de NOM. Esta tiene que reforzarse cada dos años o antes si se utilizan herramientas nuevas, o se evidencian condiciones inseguras o lo sugiera la evaluación realizada a los trabajadores

 

Obligaciones de los trabajadores

  • Observar las tácticas de prevención o control; los mecanismos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro o las implementadas por las empresas para evitar riesgos
  • avisar de inmediato a las compañías o a la Comisión de Seguridad e Higiene sobre las condiciones inseguras que adviertan durante el desarrollo de sus actividades; así como las afectaciones a su salud o posibles limitaciones para llevar a cabo sus actividades
  • participar en la capacitación, adiestramiento y eventos de información impartidos por los patrones, y
  • someterse a los exámenes médicos indicados por el proyecto de NOM o el médico de los centros de trabajo