La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, el dictamen a la minuta que establece que los padres o madres de menores a 16 años diagnosticados con cualquier tipo de cáncer, puedan gozar de licencia por cuidados médicos.
Con esto, podrán ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente requiera descanso médico en los periodos críticos del tratamiento u hospitalización, de acuerdo con la prescripción médica.
Se expedirán tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin exceder 364 días, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.
Los padres o madres trabajadores asegurados que hayan cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha del diagnóstico por los servicios médicos institucionales.
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En caso de no cumplir con este periodo, tener al menos registradas 52 semanas de cotización inmediatas previas al inicio de la licencia, gozarán de un subsidio equivalente al 60% del último salario diario de cotización registrado por el patrón.
El dictamen devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establece que la licencia únicamente podrá otorgarse a petición de parte, ya sea al padre o madre que tenga a su cargo el ejercicio de la patria potestad, la guardia y custodia del menor. En ningún caso se podrá otorgar a ambos padres trabajadores.
Los permisos cesarán: cuando el menor no requiera de hospitalización o de reposo médico en los periodos críticos del tratamiento; por el fallecimiento del niño; cuando el paciente cumpla 16 años y, el ascendiente que goza de la licencia sea contratado por un nuevo patrón.
El documento que adiciona diversas disposiciones a las leyes del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Federal del Trabajo fue aprobado en lo general por 422 votos a favor, y en lo particular, con 212 votos en pro y 177 en contra.