Nuevos plazos para sustitución patronal especial y registro
en el Repse

Nuevos plazos para sustitución patronal especial y registro
en el Repse

Las empresas tendrán hasta el 1o. de septiembre para realizar este movimiento y trámite
El 23 de abril de 2021, se transformó la subcontratación laboral, quedando prohibida la subcontratación de personal, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
Inicialmente los artículos tercero y cuarto transitorios del Decreto de reforma en materia de subcontratación, preveían que:
Esto cambió derivado del Decreto por el que se reforman los artículos transitorios Primero, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral", publicado el 23 de abril, publicado en el DOF el 31 de julio de 2021, y que entró en vigor el mismo 1o. de agosto de 2021.
Por lo que, hasta el 1o. de septiembre:
Si desea profundizar sobre este tema se recomienda leer el Infoflash #3169 Nuevos plazos de la reforma en materia de subcontratación. Este servicio es exclusivo para suscriptores, si aún no lo es puede suscribirse aquí.