Aspectos a considerar para registrarse en el Repse

La STPS difundió un vídeo para esclarecer las principales dudas a los usuarios de esta plataforma, conoce los aspectos más relevantes

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 (Foto: Getty images)  (Foto: Redacción)

La STPS dio a conocer en su portal del Registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (Repse), un vídeo sobre cinco puntos a considerar para registrarte:

  •   las empresas obligadas a inscribirse son aquellas que ofrecen servicios especializados o ejecuten obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad preponderante del beneficiario, y que pongan a sus trabajadores al servicio del contratante (arts. 13 y 15 de la LFT, y primero, Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios  especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la LFT)
  • si el servicio que se brinda no implica la puesta a disposición de los colaboradores, entonces la empresa no tiene porque inscribirse
  • los obligados a registrarse deben estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social; esto es, no tener adeudos con el SAT, IMSS e Infonavit de lo contrario se les negará la inscripción, y solo hasta que aclaren su situación podrán iniciar nuevamente el trámite
  • los documentos a adjuntar deben ser claros y legibles, a fin de que el sistema no los rechace, y
  • en caso de no obtener el registro, no se podrán prestar los servicios especializados, ni deducir impuestos de la actividad y se impondrán sanciones, las cuales van de 2,000 a 50,000 veces la UMA; esto es, de 179,240.00 a 4 ́481,000.00 pesos (art. 1004-c, LFT)