¿Aún hay que registrarse en el Repse?

Este sistema seguirá operando para los que se inscriban después del 1o. de septiembre de 2021

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 .  (Foto: iStock)

Derivado del Decreto que reformó los artículos transitorios primero, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo de la enmienda laboral, de seguridad social y fiscal, en materia de subcontratación, las personas físicas o morales que realizan servicios u obras especializadas y que para ello, proporcionen o pongan a disposición trabajadores propios en beneficio de otra, tenían hasta el 1o. de septiembre para obtener su inscripción ante la STPS en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u obras Especializadas —REPSE— (arts. 13 y 15, LFT). 

No obstante, la STPS informó que, aunque no exista una nueva prórroga, el sistema se mantendrá abierto para quienes no lo hubiesen solicitado.

Debe precisarse que lo anterior no es una prórroga, solamente implica que el REPSE seguirá en funcionamiento, por lo que las empresas que no se regularizaron corren el riesgo de que se les imponga una multa que va de 2,000 a 50,000 veces la UMA, lo que equivale a 179,240.00 a 4’481,000.00 pesos (art. 1004-C, LFT).