¿Se puede agregar una nueva actividad en el REPSE?

No hay límites en las tareas que se desean inscribir para que puedan ofrecerse servicios o ejecutar obras especializadas

En el mundo de los negocios suele ocurrir que una empresa comience a ofrecer un solo servicio, pero más adelante proporcione otros

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Si esas tareas forman parte de la subcontratación de servicios u obras especializadas, tendrán que registrarse y obtener su folio correspondiente en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (REPSE), y con ello cumplir con lo dispuesto en los numerales 13, primer párrafo y 15, primer párrafo de la LFT.

Si la compañía ya cuenta con actividades inscritas en el REPSE, el sistema le permite registrar una nueva actividad, ya que no existe un límite, siempre y cuando se encuentre debidamente descritas en el objeto social (tratándose de personas físicas, estas se desprenden de la constancia de situación fiscal).

Para ello, si es persona moral, tendrá que ampliar su giro comercial, por lo que será necesario modificar su objeto social, a efectos de que se detallen concretamente las actividades que se van a realizar.

Para conocer más sobre su importancia, se recomienda la lectura del tema “Objeto social para la solicitud del REPSE”, colaboración del doctor Jorge Iván Marroquín García, Miembro Investigador del Sistema Internacional de la Investigación Científica, disponible en la edición digital número 510 del 31 de mayo de 2022, en la sección laboral.