A mitad de cada año los órganos jurisdiccionales laborales toman un descanso, por lo que durante ese lapso no corren términos y plazos legales.
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De ahí que es importante conocer las vacaciones de cada autoridad:
Autoridad laboral | Días inhábiles por semana santa | Publicación |
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje
| Del 16 al 31 de julio | Boletines de fechas 3 de diciembre de 2021 y 4 de julio de 2022 |
Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX | Del 18 al 29 de julio | Boletín del 9 de diciembre de 2021 |
Tribunales Laborales Federales | Del 16 al 31 de julio | Circular 5/2022 del 30 de marzo de 2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y artículo 139 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación |
Tribunales Laborales del Estado de México | Del 18 al 29 de julio | Circular 94/2021 del Consejo de la Judicatura del Estado de México |
Por su parte, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel), no cuenta con un periodo vacacional, por lo que seguirá brindando servicios de manera normal.