La STPS publicó en el DOF del 23 de agosto de 2022, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (RGITAS), el cual entra en vigor el 24 de agosto de este año.
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Entre los distintos cambios a dicho ordenamiento se encuentran los siguientes:
se precisa que en las inspecciones ordinarias se advierte la inobservancia a las disposiciones para llevar a cabo dichas diligencias y en particular a las señaladas en los alcances de las órdenes de inspección o en la aplicación en exceso o incorrecta de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables al centro de labores, se iniciarán las acciones para sancionar a los inspectores de trabajo, conforme a los numerales 548 y 549 de la LFT, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas
- se contemplan dos nuevos supuestos para las visitas extraordinarias:
- por una estrategia específica del programa de inspecciones, y
- con la finalidad de corroborar el cumplimiento de medidas que se hubiesen dictado en las resoluciones derivadas de un procedimiento de inspección
- se precisa que, al haberse impuesto la sanción al patrón por incumplir con la LFT, la autoridad laboral en un plazo que no excederá de 60 días hábiles, contado a partir de la fecha en que se hubiese notificado la multa, acudirá al centro de trabajo a corroborar que se implementaron las medidas de seguridad dictadas, y en caso de persistir las irregularidades, el patrón será considerado como reincidente, y
- se disminuyó el plazo para acatar las medidas de seguridad y salud en el trabajo, de 90 a 30 días hábiles
Si desea conocer con mayor profundidad estos cambios se recomienda consultar el Infoflash # 3393 Reforman Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, el cual es de acceso exclusivo de suscriptores. Si aún no lo es, puede suscribirse en este link.