La licencia menstrual en México significa una oportunidad de trabajo digno para las mujeres y personas menstruantes, y es que aunque hasta 2020, las mujeres representaban poco más de la mitad de la población en el país, 64 millones 540,634 mujeres por 61 millones 473,390 hombres, según el Censo de Población y Vivienda del INEGI, sus condiciones laborales no eran adecuadas.
De acuerdo con estimaciones de la Secretaría de Salud, el 50% de las mujeres han presentado dismenorrea en algún momento de sus vidas, y datos de la organización Menstruación Digna México, señalaron que alrededor del 20% de las personas menstruantes han faltado alguna vez a su trabajo por la menstruación.
¿Qué es la dismenorrea?
Clínicamente, la dismenorrea significa menstruación difícil y es una condición ginecológica que de acuerdo con una investigación de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), afecta del 45% al 95% de las mujeres en edad reproductiva y se manifiesta como un calambre o cólico en la zona baja del abdomen, espalda baja o anterior del muslo con una duración de 4 horas a 4 días y puede diagnosticarse con la ayuda de un ultrasonido pélvico.
La dismenorrea está definida por la Secretaría de Salud federal como los dolores o espasmos que se experimentan durante la menstruación en la parte baja del abdomen, siendo agudos e intermitentes. En algunos casos se presenta dolor también en la espalda baja.
La hay de dos tipos:
- primaria: dolor menstrual que aparece cuando comienza el periodo menstrual pero no está relacionado con algún problema específico
- secundaria: dolor menstrual desarrollado con anterioridad, relacionada con padecimientos como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica
¿Desventaja laboral?
El padecimiento provoca dificultad en el desempeño de las actividades diarias y requiere atención médica, en algunos casos analgésicos y en casos más severos intervención quirúrgica debido a la molestia que representa, y que significa una clara desventaja no solo fisiológica sino laboral frente a sus pares varones, que no padecen dichas condiciones.
Como indica la organización antes citada, muchas mujeres y personas menstruantes han tenido que ausentarse de su trabajo por el dolor que sienten, en algunos casos, dichas inasistencias pueden traerles problemas por ejemplo un descuento salarial, y en caso de asistir a su centro de trabajo con las molestias, provocaría un día incómodo que derivaría en estrés y baja productividad.
Por ello, el 88% de los participantes de la Encuesta Nacional de Gestión Menstrual se mostraron de acuerdo en que se otorguen permisos menstruales; mientras la encuesta Termómetro Laboral de OCCMundial, expuso que el 58% de 5,746 encuestados está de acuerdo con la aprobación de la iniciativa de la licencia de incapacidad a mujeres y personas menstruantes que sufran de dismenorrea.
Sin embargo, un 28% se dijo de acuerdo siempre y cuando la iniciativa cuente con regulaciones que aseguren, la licencia sea destinada para dicho fin y no interfiera en actividades diarias de terceros, de hecho, un 10% dijo que no apoyaba el tema porque teme afectaciones a la productividad, que este se convierta en un motivo para evitar contratar a más mujeres o se fomente la falta de compromiso e irresponsabilidad.
¿La licencia menstrual es vigente en CDMX?
Si bien la incapacidad para las mujeres y personas que sufren dismenorrea primaria o secundaria es una iniciativa importante en el tema de justicia laboral con perspectiva de género, es necesario precisar que la licencia menstrual no está marcada en la Ley Federal del Trabajo (LFT), aunque eso podría cambiar gracias a una propuesta del Congreso de la Ciudad de México.
A finales de 2022, el Congreso capitalino presentó el “PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y A LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, EN MATERIA DE PERMISO LABORAL PARA GARANTIZAR EL DERECHO A LA SALUD Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES”, en el cual es nutrido de diversas iniciativas dirigidas a la salud y bienestar de los trabajadores, incluidas las mujeres y personas menstruantes.
Si bien, en los últimos días circuló el rumor respecto a que la aprobación de la iniciativa de licencia menstrual era un hecho en la CDMX, hay que precisar que la aprobación en el Congreso local fue para presentar dicha propuesta ante el Congreso Federal, ya que para que la proposición tenga lugar, es necesario hacer modificaciones a la LFT y eso, es materia federal.
La iniciativa propuso las siguientes reformas a la LFT:
- Artículo 132: incluir entre las obligaciones de los patrones otorgar un permiso con goce de sueldo, dos días al mes a mujeres trabajadoras y personas menstruantes diagnosticadas con dismenorrea primaria o secundaria incapacitante siempre y cuando presenten certificado médico que lo acredite, expedido por especialista en ginecología de instituciones del Sistema Nacional de Salud
- Artículo 133: prohibir que los patrones o sus representantes despidan a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por padecer dismenorrea en un grado incapacitante
- Artículo 169: las mujeres trabajadoras y personas menstruantes diagnosticadas con dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, dispondrán de permiso con goce de sueldo de dos días cada mes, presentando certificado médico; el documento tendrá vigencia de un año a partir de su expedición y al término de este deberá realizarse una nueva valoración para confirmar el diagnóstico; y esto no puede ser considerado como enfermedad profesional o riesgo de trabajo
Si bien, la propuesta fue aprobada por la mayoría de legisladores locales, aún es necesario que los federales le den el visto bueno, ya que la propuesta dirigida a trabajadores del sector público y privado, también busca que los centros de trabajo brinden un día con goce de sueldo a sus colaboradores para realizarse estudios médicos como de próstata, papanicolao o mastografía.