¿Pensión alimenticia en huelga?

Durante una huelga, los trabajadores no reciben salarios. ¿Qué sucede con la pensión alimenticia en este periodo?

El empleador debe efectuar los descuentos por concepto de pensión alimenticia a los salarios de los trabajadores, así como entregarlos a los acreedores alimenticios de estos, siempre que exista un mandamiento judicial (arts. 97, fracc. I y 110, fracc. V, Ley Federal del Trabajo -LFT-).

Sin embargo, cuando estalla una huelga, se suspenden los servicios que prestan los colaboradores, por lo que durante ese lapso la empresa no tiene obligación de pagar sueldos y demás prestaciones laborales (art. 447, LFT).

Por ende, al no existir una base salarial, el empleador queda imposibilitado legalmente para realizar las retenciones por concepto de pensión alimenticia, quedando liberado de cumplir con esta obligación en este periodo.

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Frente a esa situación, si el Juez de lo Familiar llega a requerir al empresario que indique por qué no ha pagado la pensión alimenticia, se recomienda se comunique sobre el estallamiento de la huelga y se acredite tal situación para evitar la aplicación de sanciones.

¿Qué pasa cuándo concluye la huelga?

La huelga puede concluir al determinarse como inexistente, por acuerdo entre los trabajadores y patrones, si el empresario se allana a las peticiones del escrito de emplazamiento de huelga, por laudo arbitral o por sentencia del Tribunal Laboral (arts. 459 y 469, LFT).

En caso de que se resuelva que el empleador debe cubrir los salarios que hubiesen dejado de percibir los subordinados, al pagar dicha condena, se debe hacer la retención que corresponda por concepto de pensión alimenticia y enterarlos a los acreedores alimentistas (arts. 97, fracc. I y 110, fracc. V, LFT).

Para conocer más sobre la forma en que el patrón debe dar cumplimiento en su descuento y entero al acreedor, se le recomienda la lectura de la colaboración de la licenciada Lucía Rivera Contreras, Gerente General, Corporativo Contreras, SC, con el tema Pensión alimenticia y su impacto en materia laboral, contenida en la revista digital 542, del 15 de octubre de 2023.

Asimismo, para conocer las características de la huelga se le recomienda la lectura del tema Claves de la huelga, disponible en la revista digital 541, del 30 de septiembre de 2023.