Quién aplica las multas laborales

Las autoridades laborales son las encargadas de imponer sanciones en caso de incumplimiento patronal de las normas de trabajo

El incumplimiento de las obligaciones patronales trae como consecuencia la imposición de las sanciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Ante ello, los empleadores se preguntan qué autoridades laborales son las competentes para emitir las multas.

El numeral 1008 de la LFT prevé que las sanciones administrativas previstas en dicha ley deben ser impuestas por el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o los gobernadores de los estados o de la CDMX, quienes podrán delegar el ejercicio de esta facultad.

Autoridades facultades para imponer multas laborales

Así las cosas, a nivel: 

  • federal, son competentes para emitir las multas laborales la Dirección General de Asuntos Jurídicos y los titulares de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en las entidades federativas de la STPS (arts. 17, fracc. XXXII y 30, segundo párrafo, fraccs. II y XXXV, Reglamento Interior de la STPS), y
  • local, les corresponde a las unidades administrativas de las distintas Secretarías del Trabajo de cada entidad federativa a las que se les hubiesen delegado facultades. 

Por ejemplo, en la CDMX es el Director General del Trabajo y Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, el facultado para emitir sanciones laborales (art. 74, fracc. VII, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la CDMX) 

¿Cuándo le compete a la autoridad laboral federal imponer sanciones?

Debe considerarse que la aplicación de las normas de trabajo les corresponde a las autoridades de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, pero es exclusivo de las autoridades federales, las materias de capacitación y adiestramiento, así como de seguridad y salud en el trabajopudiendo auxiliarse de los órganos estatales, cuando se trate de ramas o actividades de jurisdicción local (arts. 123, Apartado A, fracc. XXXI, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 527-A, LFT).

Para conocer sobre cómo impugnar una sanción emitida por una autoridad laboral a través de un procedimiento contencioso, se le recomienda la lectura del tema Juicio de nulidad contra las multas laborales, contenida en la revista digital número544, del 15 de noviembre de 2023.

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