Las autoridades laborales tendrán su primer periodo vacacional de 2024, durante el cual no correrán términos ni plazos legales en los juicios laborales.
De acuerdo con los calendarios oficiales, las Juntas de Conciliación y Arbitraje y los Tribunales Laborales suspenderán funciones conforme a lo siguiente:
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Autoridad laboral |
Primer periodo vacacional 2024 |
Publicación |
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje |
Del 16 al 31 de julio
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Boletines de fechas 21 de noviembre de 2023 y 9 de julio de 2024 |
Tribunales Laborales Federales |
Arts. 75, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación |
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Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la CDMX |
Del 15 al 31 de julio |
Boletín laboral de 5 de diciembre de 2024 |
Tribunales Laborales de la CDMX |
Boletín del poder judicial de la CDMX de 14 de noviembre de 2023 |
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Tribunales Laborales del Estado de México |
Del 22 al 31 de julio |
Circular 85/2023 del Consejo de la Judicatura del Estado de México |
Para conocer los días de asueto de los órganos jurisdiccionales locales no mencionados, se les recomienda consultar sus calendarios oficiales.
LEE. Calendario 2024: Días inhábiles para el REPSE y cómo afectan
Suspensión en el Cefecorel
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel) en su comunicado publicado en el Diario Oficial de la Federación del 2 de febrero de 2024, señaló como su primer periodo vacacional del 15 al 26 de julio de 2024.
Cabe aclarar que, en materia de procedimiento de huelga, todos los días son hábiles, y en los procedimientos de conciliación prejudicial individual se podrán habilitar los días y las horas inhábiles dentro de los periodos señalados por dicho centro (art. 717, LFT).
LEE. Prescripción y la conciliación laboral