Oficial: 1o. de octubre será día de descanso obligatorio en México

Por la transmisión del poder ejecutivo federal, se considera como día festivo el 1o. de octubre de 2024

Después de una larga espera, finalmente se publicó la modificación al artículo 74, fracción VII de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para establecer como día de descanso obligatorio el 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda la transmisión del poder ejecutivo federal.

Con lo anterior, la LFT está en concordancia con el numeral 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que indica que el presidente entrará a ejercer su encargo el 1o. de octubre cada seis años.

Consecuentemente, el próximo martes 1o. de octubre de 2024 se considera como día de descanso obligatorio, por lo que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios, y tienen garantizado el pago de su salario por ese día (art. 74, LFT).

Si por la naturaleza de las actividades de la empresa requiere el servicio de los colaboradores ese día, el empleador estará obligado a retribuirles el doble de su salario, además del ordinario que les corresponda por tal fecha (art. 75, LFT).

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Modificación de día de descanso en los contratos de trabajo

En la práctica suele estipularse en una cláusula del contrato colectivo o individual de trabajo que los días de descanso obligatorios son aquellos señalados en el numeral 74 de la LFT. De ser el caso, se entiende que automáticamente se considera el 1o. de octubre como no laborable (arts. 25, fracc. IX y 331, fracc. V, LFT).

Sin embargo, en aquellos supuestos en donde se enlista los días de descanso obligatorios para los trabajadores (adicionando incluso aquellos no previstos en la ley), tendrá el empleador que ajustar dicha indicación conforme a la reforma. Esto es, se deberá celebrar un convenio modificatorio, en el que se sustituya el 1o. de diciembre por el 1o. de octubre, pues de no hacerlo, se entendería que sigue considerando festivo el día de diciembre.

Si desea conocer sobre esta reforma, se le recomienda consultar el infoflash # 3763 Amplían plazo para entrega dictamen IMSS, de acceso exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no es suscriptor, puede suscribirse aquí.

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