Inicio de descuentos de amortizaciones de vivienda

Inicio de descuentos de amortizaciones de vivienda

Fecha en que los patrones están obligados a realizar descuentos a sus trabajadores por los créditos hipotecarios otorgados por el Infonavit
Una de las inquietudes más frecuentes en la administración de la nómina es cuándo comienza la obligación de realizar los descuentos a los trabajadores que tienen un crédito de vivienda con el Infonavit, ya que es común que este Instituto requiera el pago de la amortización respectiva por el bimestre completo en el que se recibió el aviso de retención de descuento.
El inicio de esta carga se hace del conocimiento del patrón mediante un aviso de retención de descuentos o a través de la cédula de emisión bimestral anticipada (EBA) emitida por el Seguro Social; en ambos documentos se precisan los datos del préstamo; el porcentaje o la cantidad a descontar y el número de crédito (art. 44, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit —Ripaedi—).
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Así, el patrón tiene que llevar a cabo la retención y el entero de los descuentos por concepto de amortización, a partir del día siguiente a aquel en el que reciba cualquiera de los documentos citados, lo que ocurra primero.
En ese orden de ideas, si el Infonavit requiere el pago de todo el bimestre estaría actuando en la ilegalidad, por lo que se podría combatir dicho requerimiento a través del: