Infonavit enmienda sus reglas de otorgamiento de créditos

Entre otros aspectos, se adicionan ciertos productos a los que pueden acceder los acreditados en caso de desastres naturales

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 .  (Foto: Getty)

 

El Infonavit publicó en el DOF de este 27 de noviembre las modificaciones a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, por lo que se reformaron las reglas segunda, décima primera, vigésima y al Anexo 2 inciso G, y la adición de la regla vigésima cuarta.

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A continuación se detallan algunos de los cambios.

Se reforma el concepto de:

  • cuota de administración del crédito, es la suma de los gastos mensuales que se causan por la administración que realiza el Infonavit del crédito otorgado a cuyo pago mensual está obligado el Trabajador, según lo estipulado en el Anexo 2
  • seguro de daños, la póliza contratada por el Infonavit, por orden y cuenta del trabajador (acreditado) que cubre el valor que se estime para la parte destructible de la vivienda, pero sin exceder la suma asegurada que determine discrecionalmente el propio Infonavit por vivienda

Se agregan, entre otros conceptos los siguientes:

  • derechohabientes activos, trabajadores derechohabientes sujetos a una relación de trabajo vigente en el régimen que le resulta aplicable al Instituto de acuerdo con la LFT
  • derechohabientes no activos, trabajadores derechohabientes del Infonavit no sujetos a una relación de trabajo vigente en el régimen que le resulta aplicable al Instituto de acuerdo con la LFT, que tengan saldo en la subcuenta de vivienda que administra el Infonavit, y
  • desastre natural, la declaratoria de emergencia extraordinaria expedida por el ejecutivo federal o por los ejecutivos estatales, en determinadas demarcaciones, localidades, municipios o delegaciones, originadas por desastres naturales, que se publiquen en el DOF o en la Gaceta Oficial de las entidades federativa, según corresponda
  • prima del seguro de daños, es la suma en pesos que el trabajador está obligado a cubrir mensualmente al infonavit en concepto de prima del seguro de daños que Este contrate, en razón del crédito otorgado, y
  • saldo de la subcuenta de vivienda, el monto de los recursos de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual de los trabajadores, integrada con las aportaciones efectuadas a su favor por los patrones y administrado por el Infonavit

Se añade el Seguro de Daños en los gastos a descontar al otorgarse el crédito al trabajador. Asimismo se especifica que dicho concepto repercutirá al acreditado.