Finalidades del Régimen Obligatorio del Seguro Social

Para gozar de los beneficios de la seguridad social se tiene que estar afiliado ante el Seguro Social

.
 .  (Foto: Cortesía IMSS)

De conformidad con el artículo 6o. fracción I de la LSS, el IMSS comprende el régimen obligatorio, el cual se explica a continuación.

 LEE:  CONSECUENCIAS DE NO DAR DE BAJA A UN TRABAJADOR EN EL ROSS

El aseguramiento se da cuando los patrones tienen que registrar a las personas que les prestan en forma permanente o eventual, un servicio remunerado, de carácter personal y subordinado (art. 12, LSS).

No obstante, los colaboradores pueden continuar voluntariamente en dicho régimen cuando dejan de pertenecer al ROSS y desean seguir cotizando para acumular semanas a fin de cumplir los requisitos para obtener el derecho a una pensión.  A esto es a lo que comúnmente se le conoce como Modalidad 40, la cual no comprende los servicios médicos (arts. 218, LSS; 64 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización RACERF).

Asimismo, existe la incorporación voluntaria al ROSS. Este esquema permite que aquellas personas que no cuentan con una relación laboral formal puedan tener acceso a ciertos beneficios de la seguridad social (arts. 222, LSS y 75, RACERF).

Los beneficios varían según el tipo de persona de que se trate, pero van desde el otorgamiento de las prestaciones en dinero y especie de los Seguros de Invalidez y Vida y del Seguro de Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; y en algunos casos del Seguro de Riesgos de Trabajo, y las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad como son: la atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria.