En subcontratación, ¿cómo acreditar estar al corriente con el Infonavit?

Para obtener una constancia sin adeudo es indispensable que el empresario cumpla en tiempo y forma sus cargas en materia de vivienda

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 .  (Foto: Infonavit)

Derivado de la reforma en materia de subcontratación, uno de los cambios es estar registrado ante la STPS respecto de las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o de ejecución de obras especializadas. Para ello, se deberá acreditar estar al corriente de las obligaciones en materia seguridad social (art. 15, LFT).

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Aunque aún se debe esperar a que la STPS emita los lineamientos para gestionar el registro, actualmente una de las formas para cumplir ese requisito, respecto de las obligaciones de vivienda es obtener una constancia de situación fiscal del Infonavit, a través de las siguientes alternativas:

  • Portal Empresarial. Es necesario estar registrado en esta plataforma o crear una cuenta. Luego se deben seguir los siguientes pasos:
    • ingresar al Portal Empresarial del Infonavit, ubicar la sección Mis trámites y dar clic en Constancia de Situación Fiscal, y
    • oprimir Consultar y Aceptar para que la información sea proporcionada y así descargar la constancia respectiva
  • Portal del Infonavit. Los requisitos son contar con RFC, que no esté asociado a ningún Número de Registro Patronal, y atender el mecanismo siguiente:
    • ingresar a la liga: Trámite por RFC y seleccionar el tipo de persona de que se trate (física o moral), y
    • capturar el RFC y el nombre del contribuyente y dar clic en Obtener constancia para que el sistema le expida la Constancia de Situación Fiscal correspondiente

Es importante considerar que, si la constancia no se puede obtener ni en el Portal Empresarial o en el del Infonavit, será necesario acudir a la delegación regional que le corresponda al patrón de que se trate.

Además, el documento que se expida tiene una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión