En subcontratación, ¿cómo acreditar estar al corriente
con el Infonavit?

Para obtener una constancia sin adeudo es indispensable que el empresario cumpla en tiempo y forma sus cargas en materia de vivienda
Derivado de la reforma en materia de subcontratación, uno de los cambios es estar registrado ante la STPS respecto de las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o de ejecución de obras especializadas. Para ello, se deberá acreditar estar al corriente de las obligaciones en materia seguridad social (art. 15, LFT).
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Aunque aún se debe esperar a que la STPS emita los lineamientos para gestionar el registro, actualmente una de las formas para cumplir ese requisito, respecto de las obligaciones de vivienda es obtener una constancia de situación fiscal del Infonavit, a través de las siguientes alternativas:
Es importante considerar que, si la constancia no se puede obtener ni en el Portal Empresarial o en el del Infonavit, será necesario acudir a la delegación regional que le corresponda al patrón de que se trate.
Además, el documento que se expida tiene una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión