IDC le extiende una cordial invitación a nuestro seminario Fusión de sociedades: Aspectos fiscales y corporativos a evaluar, que se llevará a cabo el 22 de septiembre de 2022. En esta liga puede consultar el temarios e inscribirse en este enlace si así lo desea.
Entre las diversas prestaciones que contempla la LSS están la ayuda para gastos de matrimonio y por expensas funerarias; por lo que comúnmente los trabajadores y sus familiares se acercan a las áreas de recursos humanos o de nómina de las empresas para preguntar sobre si existe la posibilidad de que los montos brindados por el IMSS se depositen en una cuenta bancaria.
LEE: ¿GASTOS DE FUNERAL POR MUERTE DE BENEFICIARIO?
A continuación se hacen algunas precisiones.
Aspecto a observar
|
Matrimonio
|
Gastos de funeral
|
Importe del beneficio
|
30 veces la UMA; esto es, $ 2,886.60.
|
Dos veces el valor mensual de la UMA vigente al momento del deceso, actualmente $ 5,850.18
|
Requisitos
|
|
|
Solicitud
|
El subordinado debe acudir a la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) que administre su cuenta individual para que esta requisite la Solicitud de otorgamiento de ayuda por matrimonio, y presentar en original y copia para cotejo:
|
Los interesados tienen que presentarse en el área de Prestaciones Económicas en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) de adscripción del asegurado o pensionado y exhibir en original y dos copias para cotejo:
|
Arts. 165 y 166, LSS
|
Arts. 64, fracc. I, y 104, LSS
|
Nota: 1. ST-7 ,Aviso de Atención Médica y Calificación de Probable Accidente de Trabajo y ST-9 Aviso de Atención Médica y Calificación de Probable Enfermedad de Trabajo
Como se observa, si es factible solicitar el depósito de estos beneficios en una cuenta bancaria corriente. Si desea conocer si ello también es viable para el pago de subsidios, se recomienda la lectura del tema “Alta de CLABE en el IMSS para el pago de incapacidades”, disponible próximamente en la edición digital número 517 del 15 de septiembre de 2022, en la sección de seguridad social.