El Seguro Social publicó en el DOF del 22 de septiembre de 2022 dos acuerdos dictados por su Consejo Técnico, en los cuales se:
- aprobó las Reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social (Reglas), y
- modificó los Lineamientos generales para el uso del Buzón IMSS (Lineamientos). Dichos documentos entran en vigor en lo general a partir del 23 de septiembre del 2022
A continuación, se muestran algunas de las novedades a considerar:
Opinión del cumplimiento IMSS
Se creó un resultado denominado “Sin opinión”. Se genera cuando el Seguro Social no localizó en sus controles electrónicos la información suficiente para determinar el cumplimiento de las obligaciones del solicitante.
Por otra parte, los patrones podrán autorizar a sus clientes, para que estos consulten su estado de cumplimiento ante el IMSS. Esto es útil para que un beneficiario de servicios de subcontratación especializados pueda ingresar al Buzón IMSS para consultar el estatus de cumplimiento del contratista (proveedor).
Buzón IMSS
Con la finalidad de alinear los Lineamientos con las Reglas de la opinión de cumplimiento, se ajustó la definición de particulares, entendiéndose como tal a los derechohabientes, patrones, sujetos obligados, contadores públicos, contadores públicos autorizados, responsables solidarios, terceros relacionados, sean personas físicas o morales y representantes legales que realicen actuaciones ante el Instituto mediante el Buzón IMSS, así como los demás que sin tener la calidad de los mencionados, requieran u opten por hacer uso de los servicios que ofrece el Instituto a través del referido sistema de comunicación.
Para profundizar sobre el contenido del documento se recomienda consultar el Infoflash # 3418 Nuevas modalidades de opinión de cumplimiento IMSS, de acceso exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no es suscriptor de IDC puede suscribirse aquí.