Los doctores Rafael Tena Suck y Hugo Ítalo Morales Saldaña señalan en su libro “Derecho Procesal del Trabajo”, que los procedimientos especiales son aquellos que tienen por objeto señalar formas breves o urgentes para solucionar determinados conflictos, bien por su menor cuantía, que generalmente significa una necesidad apremiante para el trabajador, o porque las causas que los originan afectan la estabilidad o subsistencia de las empresas, siendo la expresión más evidente de la concentración en el proceso.
LEE: CÓMO DEFENDERSE ANTE RECLAMOS DE SEGURIDAD SOCIAL
Del concepto mencionado se infiere que un procedimiento especial es aquel por medio del cual se gestionan los asuntos que por su naturaleza exigen celeridad en su resolución.
Los supuestos de procedencia se contemplan en el dispositivo 892 de la LFT, entre los cuales se encuentran los conflictos en donde se ventilen:
- jornadas inhumanas por lo notoriamente excesivas, dada la índole del trabajo (art. 5o., fracc. II, LFT)
- acciones individuales y colectivas que deriven de la obligación de capacitación o adiestramiento (art. 153-X, LFT)
- determinación de la antigüedad de los empleados y el pago de la prima respectiva (arts. 158 y 162, LFT)
- indemnizaciones por riesgos profesionales que produzcan una incapacidad al trabajador o en su caso la muerte o desaparición por actos delincuenciales (arts. 484 y 503, LFT)
- cobro de prestaciones que no excedan del importe de tres meses de salario (art. 892, LFT)
- designación de beneficiarios del empleado fallecido, con independencia de la causa del deceso, o desaparecido por un acto delincuencial (art. 892, LFT), y
- conflictos en materia de seguridad social (art. 892, LFT)
Como se aprecia, a través del procedimiento especial se pueden tramitar las controversias, cuyo objeto sea reclamar el otorgamiento de prestaciones del IMSS o Infonavit o los recursos de la cuenta individual de ahorro para el retiro, y es menester para el empleador conocer cómo puede impactar en su esfera jurídica, de ahí que se recomienda la lectura del tema “¿Juicios de seguridad social afectan a los patrones?”, visible en la revista digital número 524 del 15 de enero de 2023, en la sección de seguridad social.