Suspensión de pensión, viola derechos humanos

Mediante el juicio de amparo, se protege el derecho de los pensionados ante actos del Seguro Social que les vulneran

Cuando el Seguro Social viola los derechos de los trabajadores o pensionados, estos pueden defenderse mediante un recurso de inconformidad o juicio laboral (conflicto en seguridad social) –arts. 899-A, Ley Federal de Trabajo (LFT) y 295, Ley del Seguro Social (LSS)–.

Sin embargo, los afectados pueden llegar a promover un juicio de amparo, el cual tiene por objeto restituir los derechos humanos contemplados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) o en los tratados internacionales de los que México es parte  (art. 1o., Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la CPEUM —Ley de Amparo—).

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 .  (Foto: iStock)


Actuación del IMSS para efectos del juicio de amparo

Por ello, en los casos en que el Instituto ordena la suspensión, la cancelación, la revocación o el bloqueo sobre los derechos pensionarios de un asegurado o sus beneficiarios, el citado organismo actúa como autoridad para efectos del juicio constitucional.

Consecuentemente, si el IMSS cesa o anula una pensión de viudez u orfandad, sus atribuciones son de supra subordinación con los afectados, pues ese acto modifica o extingue la situación jurídica aquellos por lo que sí procede el amparo (art. 5o., fracc. II, Ley de Amparo).

Lo anterior se confirma con la tesis de nombre: ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. TIENE ESE CARÁCTER LA ORDEN DE SUSPENSIÓN DE LAS PENSIONES DE VIUDEZ Y ORFANDAD, ORDENADA POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, Registro digital 2025678.

Qué es una pensión 

Una pensión es la cantidad periódica, temporal o vitalicia, que el Seguro Social paga a ciertos individuos por razón de vejez, viudez, orfandad, incapacidad, entre otros casos.